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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 282096
- Autor : jjanis0324_NR
- Publicado : Jueves 23 de Febrero de 2017 13:27 desde la IP: 148.234.134.9
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,102
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 23 de Febrero de 2017
Estado de Referencia: Nuevo León
Buenas Tardes ¡¡ Mi hermando le deposita de pension alimenticia a su hijo de 5 años 600 por semana que es lo que se habia determinado aun asi la mama de su hijo no lo deja ver a mi sobrino y metio una demanda que porque mi hno. no le ha pagado desde que nacio mi sobrino lo cual es mentira y salio la sentencia de que mi hermano tiene que pagarle 80,000.00 pesos por lo que no le ha dado, que podemos hacer mi hno. no tiene esa cantidad de dinero y ademas mi ex cuñada no le deja ver al niño. muchisimas gracias por sus consejos -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 393365
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Febrero de 2017 17:13 2017-02-23 17:13 desde IP: 187.189.248.45
buenas tardes a todos los foristas es muy rara tu consulta debido a que manifiestas que tu hermano si da pension!!! luego entonces si el acredita fehacientemente sus depositos pues no es admisible el que supuestamente lo sentencien como dices!! aqui de entrada si es que fuese demandado tu hermano tendrian que hacerle ver dicha demanda y no llegar al punto de la "sentencia" es decir notificarlo, en fin checa bien en el juzgado donde se ventila la supuesta demanda y cerciorate correctamente y ya que tengas los elementos adecuados e informacion entonces busca ayuda! espero te haya servido esto para cualquier consulta de pension alimenticia en la republica mexicana estoy a sus ordenes!!! luisconsultas_mex aroba punto com what o llamada 333 507 28 64
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AutorRespuesta No: 393367
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Febrero de 2017 21:55 2017-02-23 21:55 desde IP: 201.152.84.178
Consultante, para saber como fue que se acordó el pago de la pensión alimenticia, debe especificarlo, esto para saber si esta haciendo o hizo lo correcto, ya que posiblemente los esta depositando en la cuenta de la madre cuando en realidad debe ser a la cuanta del menor, deposito en Juzgado, ect. La Demanda de la que habla Usted, es un incidente de incremento de Pensión Alimenticia?. Si ya había una pensión fijada con anterioridad se debe estar a lo dispuesto en la Sentencia respectiva. Por lo que debió haber ofrecido como pruebas los recibos de deposito realizados par tal efecto. Saludos.
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AutorRespuesta No: 393374
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Febrero de 2017 14:44 2017-02-24 14:44 desde IP: 189.180.251.121
metio una demanda que porque mi hno. no le ha pagado desde que nacio mi sobrino lo cual es mentira y salio la sentencia de que mi hermano tiene que pagarle 80,000.00 pesos .... eso quiere decir que fue emplazado... es decir ...notificado de la demanda ....para ser oido y vencido en juicio... o sea... que tuvo un proceso... y lo perdio... porque no probo que haya dado pensión en el tiempo anterior a las consignaciones... y si ya se paso el término para apelar.... ya nada hay que hacer... tuvo sus terminos... el pago de alimentos... nada tiene que ver con las convivencias... son acciones y resultados distintos... que de o no pensión... el juez debe otorgar días y horas para convivir... pero... si no los pide el padre... el juez no acuerda o concede nada... el derecho es escrito y a petición de parte... y no cuando quiera... TU ABOGADO SABE QUE HACER... ahhhh!.... y debes 80 mil de pensión... de eso no te salva ni dios padre...
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AutorRespuesta No: 393378
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Fecha de respuesta: Sábado 25 de Febrero de 2017 08:12 2017-02-25 08:12 desde IP: 187.199.200.30
jjanis0324:
Haga caso omiso del comentario de garovalo acerca de que nadie salva a su hermano de pagar los 80 mil pesos de la condena, cuenta habida que si existe una "determinación" previa para el pago de la pensión, es de suponer que tal determinación es judicial, pero aunque NO lo fuera y se puede probar su existencia, su cuñada estaría cometiendo un delito.
En efecto, es de lo más usual que en una demanda de pensión alimenticia el juez requiera que la parte actora manifieste bajo protesta de decir verdad si ya existe alguna pensión que reciba o deba recibir, esta medida es para evitar la duplicidad de juicios y/o de pensiones.
El hecho de que la actora omita informar al juez que ya exisgte una pensión se configura como delito de falsedad en declaraciones y también como fraude, así que su hermano debe denunciar estos delitos ante el agente del Ministerio Público, cuestión que le dará la opción de demandar que la actora sea privada de la patria potestad con motivo e su conducta delictuosa que la llevará a la cárcel.
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AutorRespuesta No: 393379
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Fecha de respuesta: Sábado 25 de Febrero de 2017 15:48 2017-02-25 15:48 desde IP: 189.180.251.121
salio la sentencia de que mi hermano tiene que pagarle 80,000.00 pesos ..... saludos querido burrin... una sentencia es una determinación... cada dia me convenzo mas... no eres abogado... ni de pizarron...
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AutorRespuesta No: 393391
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Fecha de respuesta: Domingo 26 de Febrero de 2017 18:54 2017-02-26 18:54 desde IP: 187.199.200.30
garovalo:
Además de estúpido ahora demuestra que usted NO sabe leer, la consultante escribió textualmente que:
"…Mi hermando le deposita de pension alimenticia a su hijo de 5 años 600 por semana que es lo que se habia determinado…" (SIC)
Usted ni es abogado ni tampoco sabe leer, y mucho menos entieende ,lo que lee.
Regrese a la escuela primaria, que mucha falta le hace.
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