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QUIERO IMSS. PARA MI FAMILIA
- Consulta : 210928
- Autor : yepsev_NR
- Publicado : Domingo 13 de Octubre de 2013 08:23 desde la IP: 187.191.3.141
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 13 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Veracruz
Hola tengo tiempo laborando para un empresa y no he podido asegurar a mi familia, según ellos me tiene dado de alta en donde radica la matriz de la empresa les he pedido una autorización permanente para tener acceso al servicio pero me dice que el sistema del seguro esta muy lento o que esta caído el sistema como puedo actuar para tener acceso a mi derecho como trabajador
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 328919
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Fecha de respuesta: Domingo 13 de Octubre de 2013 10:37 2013-10-13 10:37 desde IP: 189.175.1.153
yepsev te paso esta informacion de la pagina del IMSS
IMSS‐02‐019‐B Autorización permanente para recibir servicios médicos en circunscripción foránea. Modalidad B) A petición del asegurado o pensionado1Nombre del trámiteAutorización permanente para recibir servicios médicos en circunscripción foráneaModalidad B) A petición del asegurado(a) o pensionado(a).¿En qué consiste?Es la solicitud que presenta el asegurado(a) o pensionado(a), cuando susbeneficiarios por su actividad radiquen en un lugar diferente al de su adscripción.¿Quién lo realiza?EI asegurado(a) o pensionado(a).¿Dónde y en qué horario se presenta?En la Unidad de Medicina Familiar, que corresponda al domicilio del asegurado(a) opensionado(a), en los siguientes horarios de lunes a viernes:• De 8:00 a 14:00 horas en Unidades de Medicina Familiar con un solo turno(matutino).• De 8:00 a19:00 horas en Unidades de Medicina Familiar con dos turnos (matutino yvespertino).Cuando la Unidad de Medicina Familiar no se realice el trámite de autorizaciónpermanente para recibir servicios médicos en circunscripción foránea a petición delasegurado o pensionado, se puede realizar en la Subdelegación u OficinaAdministrativa Auxiliar del IMSS que corresponda al domicilio del asegurado opensionado, en horario de 8:00 a 15:30 horas de lunes a viernes.Para conocer cual es la Unidad de Medicina Familiar o Subdelegación u OficinaAdministrativa Auxiliar que Ie corresponde, puede acceder a la siguiente dirección deInternet: //imss.gob/prestacionesimss/¿Cuáles son los requisitosA. Presentar la siguiente información:1. Lugar donde residirá el derechohabiente, calle o manzana, colonia, población,municipio, código postal, entidad.2. Nombre de(los) beneficiarios (apellido paterno, apellido materno, nombre), sexo,fecha de nacimiento (día, mes, año).3. Número de Seguridad Social.4. Clave Única de Registro de Población.5. Nombre completo del trabajador (apellido paterno, apellido materno, nombre).IMSS‐02‐019‐B Autorización permanente para recibir servicios médicos en circunscripción foránea. Modalidad B) A petición del asegurado o pensionado2B. Presentar en original los siguientes documentos: Credencial ADIMSSo Identificación oficial: (credencial para votar IFE o Cartilla del Servicio MilitarNacional o pasaporte o cédula profesional), documento donde conste el Númerode Seguridad Social del asegurado(a) o pensionado(a) y CURP.C. EI Instituto proporcionará el formato Autorización Permanente para Recibiro Suspender Servicios Médicos en Circunscripción Foránea (SAV 017), el cualserá lIenado por el personal del propio Instituto con la informaciónproporcionada por el asegurado(a) y/o pensionado(a).¿Qué respuesta se obtiene y en qué plazo?EI Instituto dará respuesta al solicitante en un plazo máximo de dos días hábilesposteriores a la recepción de la solicitud.Información complementariaNo se expedirá autorización permanente relativa a este tramite, a: 1. Los aseguradosen Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio; 2. Los beneficiarios entratamiento médico, a menos que se expida constancia medica que justifique eltraslado; 3. Los beneficiarios padres, a menos que exista certificado médico quejustifique el traslado y autorización del H. Consejo Consultivo Delegacional; 4. Losasegurados y beneficiarios en el periodo de conservación de derechos; 5. Solamentese expedirá a los beneficiarios de los pensionados.La autorización permanente será expedida a los beneficiarios del asegurado(a),cuando éstos se encuentren registrados como tales en la Unidad de MedicinaFamiliar de la adscripción del asegurado(a) y pensionado(a).La autorización permanente deberá solicitarse en la Unidad de Medicina Familiar enla cual se encuentre adscrito el asegurado(a).EI asegurado(a) o pensionado(a), deberá actualizar su registro de beneficiariosconforme a la Ley y sus disposiciones reglamentarias.EI beneficiario podrá solicitar atención médica en la circunscripción foránea,presentando la copia de la autorización permanente en el caso de no haber sidoafectada la base de datos del Instituto.No proporcionar la Clave Única de Registro de Población, no implica la negativa deltrámite.IMSS‐02‐019‐B Autorización permanente para recibir servicios médicos en circunscripción foránea. Modalidad B) A petición del asegurado o pensionado3De conformidad con el Artículo 314 de la Ley del Seguro Social, se reará comofraude y se sancionará como tal, en los términos del Código Penal Federal, elobtener, así como el propiciar su obtención de los seguros, prestaciones y serviciosque esta Ley establece, sin tener el carácter de derechohabiente, mediante cualquierengaño o aprovechamiento de error, ya sea en virtud de simulación, sustitución depersonas o cualquier otro acto.¿Dónde se puede obtener mas información?Centro de Contacto IMSS (CCIMSS). Llame al 01 800 623 23 23 en horario continuode 8:00 a 23:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles y de 8:00 a 18:00 horas(horario del centro de México) en fines de semana y días inhábiles.Vía correo electrónico o chat, a través de la sección "Contacto" en la páginaimss.gob o dando clic en: imss.gob/contacto.En la página del Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal deMejora Regulatoria (COFEMER): //cofemer.gob y//cofemer.gob/Buscador Trámites/DatosGenerales.asp?homoclave=IMSS-02-003&modalidad=2&identificador=1 001684&SIGLAS=IMSSQuejas y sugerenciasVía correo electrónico, a través de la sección "Contacto" en la página del Institutoimss.gob mx.Centro de Contacto (CCIMSS) al número telefónico 01 800 623 23 23 en horariocontinuo de 8:00 a 23:00 horas de lunes a viernes en días hábiles y de 8:00 a 18:00horas (horario del centro de México) en fines de semana y días inhábiles.Órgano Interno de Control:Instituto Mexicano del Seguro SocialMelchor Ocampo 479 Piso 3Colonia Nueva AnzuresCP 11590, Miguel Hidalgo, Distrito FederalTeléfono(s): (55) 52-54-51-39Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 horasSACTEL:En el Distrito Federal: 2000-2000En el interior de la República: 01 8003862466Desde Estados Unidos: 1800475-2393Correo electrónico: sactelfuncionpublica.gobquejasfuncionpublica.gobsuerte -
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