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RESOLUCION DE INCIDENTES EN INTESTADO

  • Consulta : 128239
  • Autor : chaguis
  • Publicado : Miércoles 19 de Octubre de 2011 11:15 desde la IP: 189.144.247.125
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,076
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  • Autor
    Consulta

  • chaguis
    USUARIO REGISTRADO

    Buenos dias a todos.

    Soy del estado de mexico y acudo a ustedes ya que son los expertos.

    Se metieron dos incidentes, uno en contra del inventario y otro en contra del avaluo que metio el albacea(otra hermana mia) y en la sentencia del incidente del avaluo dice:

    Resuelve

    PRIMERO: En terminos de las consideraciones vertidas en esta resolucion, fue procedente el incidente de oposicion al avaluo presentado por el albacea de la sucesion que hize valer yo

    SEGUNDO: EN CONSECUENCIA, NO SE APRUEBAN LOS AVALUOS EXIBIDOS EL DIA ... POR EL ALBACEA... DEBIENDO EN SU CASO PRESENTAR LOS AVALUOS CORRESPONDIENTES EN TERMINOS DE LEY.

    Esto fue posible ya que el valuador no acredito ser valuador en el incidente. 

    Mi pregunta consiste en:

       *yo queria meter un avaluo ya que el precio que dio mi hermana es muy bajo, ¿con esto ya no puedo meter mi avaluo? ò

    *una vez que mi hermana meta su avaluo de nuevo acreditandose el valuador como valuador ¿puedo meter otro incidente para meter mi avaluo?  y ¿que tiempo tengo para meter el escrito?

    Y con el incidente en contra del inventario dice

    Resuelve

    PRIMERO: En terminos de las consideraciones vertidas en esta resolucion, fue parcialmente cierto el incidente de oposicion al inventario presentado por mi hermana, que hize valer yo, en consecuencia:

     

    SEGUNDO: no se aprueba el inventario de bienes exhibido el dia "x" en la segunda seccion de inventarios y avaluos por mi hermanaen su caracter de albacea... debiendo en su caso tal albacea presentar nuevo inventario en el que contenga todos y cada uno de los bienes que conforman la masa hereditaria ... sin perjuicio de que cualquier otro heredero pueda hacerlo en terminos del articulo 6.272 del codigo civil del estado de mexico.

    mi pregunta es:

    ¿que significa esto?

    ¿puedo rendir mi inventario?

    ¿puedo pedir que me acompañe alguien del juzgado? o me estoy proyectando

    ¿que tiempo tengo para esto? 

    o si ya perdi mi derecho de rendir mi inventario

     

    Por su atencion y asesoria gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 242515

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Respecto del avalúo, de acuerdo con la interlocutoria dictada, el albacea deberá presentar un nuevo avalúo, dictaminado por perito valuador, y llegado el caso, podrá usted impugnarlo nuevamente.

    Por lo que hace al inventario, el albacea también deberá presentar otro, en el que se incluya la totalidad de los bienes, muebles e inmuebles, que conforman la masa hereditaria; si usted no está conforme con él, porque existen otros bienes que no fueron enlistados entonces, sin necesidad de promover nuevo incidente, usted u otro heredero podrá comparecer indicando cuáles son los bienes faltantes, acreditando tanto su existencia como que los mismos eran propiedad del de cujus.



  • Autor
    Respuesta No: 242523

  • chaguis
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION.

    TENGO OTRAS PREGUNTAS

    ¿PUEDO PEDIR AL JUZGADO  QUE LE DIGA A MI HERMANA QUE DE UN DIA Y HORA PARA QUE ABRA LAS CASAS Y YO PODER HACER EL INVENTARIO CON AYUDA DE UNA PERSONA QUE TRABAJE EN EL JUZGADO?  YA QUE NO TENGO LAS LLAVES DE LAS CASAS

















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