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AUX ADMVO Y ESTUDIANTE
- Consulta : 161516
- Autor : lreducindo76_NR
- Publicado : Lunes 23 de Julio de 2012 10:25 desde la IP: 201.122.26.24
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,242
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 23 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Veracruz
En mi trabajo estamos pagando desde hace ya algun tiempo a nuestros choferes la prima Dominical y Domingo, lo cual entiendo ahora que estudio mi carrera profesional, no es procedente, si bien son acredores del pago del Domingo porque efectivamente lo laboran ya no procederia el pago de Prima Dominical, Es correcto?.
Orientenme como podria proceder para que ahora no se molesten los chicos al negarles este pago.
Gracias.!!!!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 276585
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Julio de 2012 12:46 2012-07-23 12:46 desde IP: 189.212.138.56
Buen día..
Normalmente en día domingo es el dia de descanso, el cual se debe cubrir de salario normal al trabajador ya y como se señalan en estos articulos:
Artículo 69.- Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.
Artículo 70.- En los trabajos que requieran una labor continua, los trabajadores y el patrón fijarán de común acuerdo los días en que los trabajadores deban disfrutar de los de descanso semanal.
Artículo 71.-En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
Ejemplo el caso de las tiendas departamentales, a ellos les pagan sus 15 días laborados, contando hasta los dias de descanso que disfrutan entre semana, más una prima dominical del 25% por cada domingo que laboren.
Espero y esta respuesta satisfaga tu duda..
Saludos cordiales
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Autor
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AutorRespuesta No: 276606
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Julio de 2012 13:50 2012-07-23 13:50 desde IP: 189.142.239.44
Auxiliar Admvo. y Estudiante: Siga estudiando, pero con más ahínco, IMAGINESE no sabe si, sí procede o no el pago de la Prima Dominical, y ya se quiere FREGAR a los choferes.
Ya me imagino cuando seas jefe, los vas a poner a trabajar hasta que revienten.
Ese dinero es de ellos y no puedes quitárselos, y si se los quitas espero te DEMANDEN.
Ya te lo comentó el COLEGA que me antecede, ARTICULO 21.
Aprendetelo: ARTICULO 21 ARTICULO 21, ARTICULO 21, ARTICULO 21.
Esto lo hago, porque, si eres estudiante, y ya quieres quitarles lo que les corresponde a los trabajadores.
Te oriento "CHICO ESTUDIANTE", nada más para que no te molestes, además de que te falta mucho camino por andar, por lo que INSISTO, ojalá te demanden y te metas en problemas. Y ahí si tendrás que estudiar más, para CONTESTAR UNA DEMANDA.
Estoy para servirte "chiquillo". (Profesional?????) Lo dudo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 276607
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Julio de 2012 13:54 2012-07-23 13:54 desde IP: 189.142.239.44
Como me (E. N. C. A. B. R. O. N. E.) Verdad ? ? ? ? Articulo 71, APRENDASELO ARTICULO 71, ARTICULO 71, ARTICULO 71
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