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JUICIO DE INTESTADO
- Consulta : 129259
- Autor : fersito64_NR
- Publicado : Lunes 31 de Octubre de 2011 15:17 desde la IP: 201.114.223.106
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,239
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 31 de Octubre de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
MI MAMA MURIO HACE TREINTA ANOS Y DEJO UNA PEQUENA CASA INTESTADA HOY UNO DE MIS CUATRO HERMANOS PROMOVIO LA SUCECION TESTAMENTARIA CON LA INTENCION DE VENDER EL INMUEBLE YO NO ESTOY DE ACUERDO EN VENDER MI PARTE .ME PUEDEN OBLIGAR A VENDER SI FIRMO LA ADJUDICACION
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 243650
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Fecha de respuesta: Lunes 31 de Octubre de 2011 15:50 2011-10-31 15:50 desde IP: 201.141.245.195
Hola, mira en inico deben de terminar todo el juicoo intestamentario, cuando vayas con el notario a fin de adjudicar el inmueble, es para el efecto de que se les de una nueva escritura que los enga como copropietarios del imueble, en ningun sentido te obliga a vender, en este caso si tus hermnaos quieren vender y tu no lo que ellos pueden hacer es vender su parte proporcional, lo cual no es muy recomadable, o si tu prefieres quedarte la casa por motivos personales deberas de darles lo que les corresponde a cada uno por el valor del inmueble ya que de lo contrario se veran en muchor pleitos familiares, pero algo es seguro, no te pueden obligar a vender si tu no estas de acuerdo.
saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 243655
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Fecha de respuesta: Lunes 31 de Octubre de 2011 16:03 2011-10-31 16:03 desde IP: 189.216.235.230
fersito64
Si bien es cierto que sus hermanos no le peuden obligar a vender, tambien lo es el hecho de que ellos pueden solicitar por medio de una demanda ante juzgado competente la AUTORIZACION DE VENTA JUDICIAL del inmueble en la cual se le correra traslado a usted con las copias de la demanda para que usted asistido de abogado de la debida constestacion y ofrezca pruebas que su derecho e interes convenga.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 243674
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Fecha de respuesta: Lunes 31 de Octubre de 2011 20:16 2011-10-31 20:16 desde IP: 187.144.34.220
con uno que quiera vender... con ese se realiza la venta del todo... y la cantidad obtenida se divide en partes iguales... se consigna... si la quieres recibir... bien... si no... pos ahi se queda...
si no estas de acuerdo... puedes comprar la parte que pertenece a quien vende... o a todos los demas coherederos....
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