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CASA INTESTADA MADRE FALLECIDA ABANDONADA POR TODOS SUS HIJOS MENOS UNO.
- Consulta : 265195
- Autor : lizbeth_11montoya_NR
- Publicado : Sábado 09 de Mayo de 2015 15:51 desde la IP: 189.157.239.238
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,241
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 09 de Mayo de 2015
Estado de Referencia: Tamaulipas
Hola buenas tardes.
Mi madre hace 2 años fallecio dejando su casa intestada, yo una de los 12 hijos que tuvo, fui la unica quien la cuido, pago sus gastos medicos y la mantuvo, asi mismo la unica que pago sus gastos funebres, mientras mis hermanos nunca hicieron nada, y vivi con ella toda mi vida ya que ella me pidio que me quedara con ella, por ser la mas chica, ahora mis hermanos se estan peleando por la casa, y varios de ellos se fueron a estados unidos y alla viven, y ahora quieren adueñarse de su casa, cabe decir que el esposo de mi madre vive en otra ciudad y tiene aproximadamente 12 años que dejo abandonada la casa.Que puedo hacer para que la casa quede a mi nombre?
Muchas gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 379339
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Fecha de respuesta: Sábado 09 de Mayo de 2015 18:26 2015-05-09 18:26 desde IP: 189.217.24.14
Todos los hijos, todos, tienen el mismo derecho que Usted para reclamar la sucesión de la mamá, de nada le sirve el que Usted viviera con ella y fuera la única que vio por ella. Por otra parte, si estaba casada por sociedad conyugal y el inmueble se adquirió durante el matrimonio, la mitad le pertenece a su padre por ganaciales y debe ser llamado a juicio. Usted no puede poner la casa a su nombre salvo que los once herederos y su padre le cedan sus derechos hereditarios.
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Autor
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AutorRespuesta No: 379340
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Fecha de respuesta: Sábado 09 de Mayo de 2015 18:26 2015-05-09 18:26 desde IP: 189.217.24.14
Todos los hijos, todos, tienen el mismo derecho que Usted para reclamar la sucesión de la mamá, de nada le sirve el que Usted viviera con ella y fuera la única que vio por ella. Por otra parte, si estaba casada por sociedad conyugal y el inmueble se adquirió durante el matrimonio, la mitad le pertenece a su padre por ganaciales y debe ser llamado a juicio. Usted no puede poner la casa a su nombre salvo que los once herederos y su padre le cedan sus derechos hereditarios.
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