- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
PRESCRIPCIòN NEGATIVA
- Consulta : 244458
- Autor : EL AMIGO MIGUEL
- Publicado : Jueves 09 de Octubre de 2014 13:02 desde la IP: 201.140.89.20
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,246
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 09 de Octubre de 2014
HOLA BUENAS TARDES QUISIERA ME ORIENTEN SI ES POSIBLE REGULARISAR UNA PARCELA EJIDAL POR PRESCRIPCIÒN NEGATIVA LA CUAL MI ABUELITA ME CEDIO LOS DERECHOS MEDIANTE UN ESCRITO FIRMADO PO ELLA Y DOS TESTIGOS EN EL AÑO DE 1980. ELLA FALLECIO EN 1995. Y DE ACUERDO A LA CONSTACIA DEL R.A.N. SUS DERECHOS SIGUEN VIGENTES Y SIN SUCESORES REGISTRADOS. O DE NO SER LO APROPIADO. CUAL SERIA EL CAMINO. GRACIAS ATTE. MIGUEL ANGEL ZAMORA.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 367532
-
Fecha de respuesta: Jueves 09 de Octubre de 2014 15:32 2014-10-09 15:32 desde IP: 189.161.117.198
No mencionas si tienes la posesión.
Si tu intención fuere demandar la declaración de validez de cesión de derechos tendrías que demandar a la sucesión legítima (el hecho de que no haya testamento no quiere decir que no se puedan reclamar derechos hereditarios conforme a la ley agraria), pero este sería improcedente porque tu documento fue firmado con la vigencia de la anterior Ley F. de la Reforma Agraria que prohibia explicitamente este tipo de actos.
Si quieres demandar la prescripción positiva menciona tendrás que tener un posesión a título de dueño, pero menciona que es de mala fé, toda vez que tu documento no te servirá para acreditar la buena fé, pero sí la causa generadora de la posesión, también tendrás que demandar a la sucesión, toda vez que ésta tiene un interés directo, además de que en esta acción no es indispensable toda vez que no se requiere justo título, sólo acreditar la posesión a título de dueño; las tierras no deben bosques, selvas, destinadas a asentamiento humano,ni de uso común.
Todo lo anterior nos lleva a la conclusión que se ocupa abrir el juicio intestamentario, toma en cuenta que si bien tu puedes ser heredero, puede haber quien tenga preferencia sobre de tí: cónyuge, concubina, hijos, por lo que tendrías que tramitar la prescripción, de no ser el caso, ya no seria necesario si te adjudicaras los derechos hereditarios.
Acuda con un abogado con amplios conocimientos en derecho agrario para que revisando su documentación, encuentren la mejor estrategia. Si no hay intereses en conflicto incluso puede acudir a su Procuraduría Agraria y quizá le llevarán su sucesión, aunque tomé en cuenta que es una oficina pública y su trámite podrá ser tardado.
-
Autor





