Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen dia a todos.
les pido su ayuda para aclarar mis dudas a lo siguiente:
me despidieron de mi trabajo
labore del 8 de mayo del 2011 al 8 de febrero del 2012
con un sueldo de 8000 brutos mensualmente y se manejo CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO cada 3 meses.
me dieron aguinaldo en dciembre de 2011 y no quieren darme indemnizacion porque segun su contrato los ampara por la siguiente clausula:
c) Que tiene cubierta la planta de trabajadores necesarios para el desarrollo de sus labores normales de operación y que necesita contratar a “EL EMPLEADO”, con el carácter EJECUTIVO DE VENTAS, para que lleve a cabo las labores temporales extraordinarias consistentes en EL DESARROLLO DE UNA NUEVA ZONA COMERCIAL, MEDIANTE LA OBTENCIÓN DE PEDIDOS DIRECTOS DE LOS CLIENTES DE “LA EMPRESA”, EN EL ENTENDIDO QUE DICHAS VENTAS SERÁN REALIZADAS DE ACUERDO CON LOS PRECIOS, TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE FIJE “LA EMPRESA”, actividades que el personal de planta no puede realizar, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 35, 37, 158 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo.
por favor indiquenme si procede la liquidacion o no y que debo hacer Y cuando seria de indemnizacion o liquidacion si procede.
mil gracias de antemano