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MERECEMOS BIENES DE UN INTESTADO
- Consulta : 268778
- Autor : racso_ovi75_NR
- Publicado : Domingo 14 de Junio de 2015 19:23 desde la IP: 148.246.164.186
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,245
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 14 de Junio de 2015
Estado de Referencia: Hidalgo
Somo cinco hermanos con migo, mis padres se casaron por bienes mancomunados y fallecio mi madre, mi padre tenia en secreto otra familia con hijos y ahora nos dice que no merecemos nada de bienes que todo es de el por ley, que hay de cierto en eso y que podemos hacer
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 381558
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Fecha de respuesta: Domingo 14 de Junio de 2015 19:53 2015-06-14 19:53 desde IP: 189.140.109.57
Legalmente si, la Ley les concede el derecho de demandar sobre el 50% que le correspondía de sociedad conyugal a su finada progenitora.
Pueden aperturar el Juicio Sucesoria Intestamentario como hijos.
Resulta evidente que su progenitor entrara en el jucio que aperturen a reclamar una parte que por ser esposo de la cujus lo que deben estar consientes y es obvio que ya no se quedará con todo.
Me adelanto a los hechos sin que sea una grosería de parte de un servidor con todo el profesionalismo se lo digo:
El día que su progenitor fallezca ustedes pueden aperturar un nuevo juicio intestamentario o testamentario dependiendo el caso y reclamar la herencia de los bienes que fueran de su propiedad en vida solo que hay que considerar que tiene otra familia hay hijos luego entonces al ser todos hijos de un mismo progenitor tienen todos derecho a una parte de la herencia.
Me sigo adelantando a los hechos y seguramente su progenitor contraera matrimonio con la persona que mantuvo un concubinato, ello para asegurar parte de los bienes valores que puedan pertener a su progenitor.
Cualquier duda o consulta visite mi oficina
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Autor
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AutorRespuesta No: 381559
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Fecha de respuesta: Domingo 14 de Junio de 2015 19:53 2015-06-14 19:53 desde IP: 189.140.109.57
Legalmente si, la Ley les concede el derecho de demandar sobre el 50% que le correspondía de sociedad conyugal a su finada progenitora.
Pueden aperturar el Juicio Sucesoria Intestamentario como hijos.
Resulta evidente que su progenitor entrara en el jucio que aperturen a reclamar una parte que por ser esposo de la cujus lo que deben estar consientes y es obvio que ya no se quedará con todo.
Me adelanto a los hechos sin que sea una grosería de parte de un servidor con todo el profesionalismo se lo digo:
El día que su progenitor fallezca ustedes pueden aperturar un nuevo juicio intestamentario o testamentario dependiendo el caso y reclamar la herencia de los bienes que fueran de su propiedad en vida solo que hay que considerar que tiene otra familia hay hijos luego entonces al ser todos hijos de un mismo progenitor tienen todos derecho a una parte de la herencia.
Me sigo adelantando a los hechos y seguramente su progenitor contraera matrimonio con la persona que mantuvo un concubinato, ello para asegurar parte de los bienes valores que puedan pertener a su progenitor.
Cualquier duda o consulta visite mi oficina
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Autor
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AutorRespuesta No: 381565
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Fecha de respuesta: Domingo 14 de Junio de 2015 21:01 2015-06-14 21:01 desde IP: 189.217.18.142
Ojo con los coyotes. Si su mamá se casó por el civil por bienes mancomunados, y su padre aún estando casado sin disolver el vínculo matrimonial anterior ( si existe), resulta cónyuge culpable y en consecuencia pierde todo derecho a reclamar sobre la sociedad conyugal del segundo matrimonio, que si bien pudiera declararse nulo si así se demanda, los derechos de la cónyuge inocente del segundo matrimonio deben quedar intocados y además la sucesión es de la madre y no del padre, por lo que los hijos del padre bígamo no tienen vela en el entierro. Necesita de un abogado de verdad especialista en la materia y corra de cuanto coyote se anuncia en este foro de asesoría gratuita. Por otra parte si existen hijos menores de edad deben demandarle pensión al padre bígamo.
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