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PELEAR CASA INTESTADA DE MIS ABUELOS

  • Consulta : 284393
  • Autor : RosaFlores
  • Publicado : Domingo 29 de Julio de 2018 06:48
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,249
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  • Autor
    Consulta

  • RosaFlores
    USUARIO REGISTRADO

    Toda mi vida vivi con mis abuelos paternos y mi padre, desde que era pequeña hasta que murieron. Ellos fallecieron sin hacer estamento. Tuvieron ocho hijos contando a mi padre tambien ya fallecio. Excepto mi papa, todos los hijos estan en EUA y yo fui la unica que sequedo con ellos para cuidarlos y darles fin y ahora que se estan peleando por ver quien se queda con la casa no me toman en cuenta porque dicen el que tenia derecho era mi papa y ya se murio. No quiero quedarme con algo que no me pertenece pero quiero saber si legalmente hablando tengo derecho a algo de la casa o a quedarme con ella directamente y que tanto costaria. Gracias por su ayuda. P.D Tengo los recibos del predial y del agua de esa casa de muchos años, ¿ayuda en algo?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 398189

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Como bien le indicaron, Usted no puede ser parte de juicio en una Sucesión Intestamentaria, ya que los parientes cercanos excluyen los mas lejanos, es decir quienes tienen derecho a heredar son los hijos de su abuelo (Papá y Tíos de Usted), pero a Usted le corresponde heredar por estirpe y los primeros por cabeza. Los recibos con que Usted cuenta no le sirven para efectos de la herencia, pero le pudieran servir para exigir su cobro al albacea, como gastos erogados por Usted como mantenimiento y cuidado de la casa. Respecto a la casa, de mi punto de vista, debió concientizar a sus abuelos del cuidado de Usted hacia ellos y ver la posibilidad que le hubiesen donado, vendido y/o heredado. Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 398190

  • OMEGA 2013
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    AdbocatusRectus. estas muy mal. Consultante. Primeramente tdebes promover la Testamentaria de tu papa, posteriormente acudir al juzgado familiar para que en tu caracter de beneficiario de los derechos del padre de tu padre, comparezca a reclamar la parte que te corresponde. Estoy a tus ordenes. . cincunta y cinco catorce setenta y ocho noventa y siete. . cincuenta y cinco veintidos cincuenta y dos veintinueve cuarenta y nueve., Consultenos. entrevistas parevia cita.



  • Autor
    Respuesta No: 398198

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tengo derecho a algo de la casa o a quedarme con ella directamente .... si no tienes hermanos... solo a la fracción que le tocaba a tu padre.... supongamos... son diez hermanos... y viven todos.... el pastel... la casa... se divide... económicamente entre 10... y la parte que le tocaba a tu padre ... te toca a ti... ´pero...para que tengas ese derecho... debes iniciar el juicio sucesorio de tu padre.... y en su caso... de tus tíos que hayan muerto... de tus abuelos... aunque la casa solo aparezca a nombre de uno... debes iniciar el juicio sobre los dos... tu abogado te explica... y... si quiere quedarte con la casa... se valúa... y lo que cuesta... se lo entregas por medio del juzgado a todos los que tienen ese derecho... restando la parte que te tocara... pero nada te salva de iniciar el juicio de ambos abuelos y de tu padre... antes de hacer nada... tu abogado te explica...



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