Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

SE INTERRUMPE LA PRESCRIPCION DE LA ACCION CAMBIARIA?

  • Consulta : 219113
  • Autor : topomoder_NR
  • Publicado : Lunes 20 de Enero de 2014 19:30 desde la IP: 148.223.205.152
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,243
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • topomoder_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chiapas

    Hola a todos los expertos en la materia mercantil, espero me puedan ayudar con un pequeño problema:

    Inicie un juicio ejecutivo mercantil para el cobro de un pagaré, se inició la demanda antes que transcurrieran

    los 3 años despues de la fecha pactada para el pago, se embargó al aval y este reconocio el adeudo, pero

    resulta que ya no se pudo emplazar ni embargar al deudor principal y caduco la instancia para el emplazamiento,

    por lo que se ordenó devolverme los pagares y el expediente se envio al archivo general, YA PARA ESTE ENTONCES,

    LOS PAGARES YA TENIAN MAS DE 3 AÑOS DESDE LA FECHA PACTADA PARA EL PAGO.

     

    MI PREGUNTA:

    Con el emplazamiento realizado al aval y su reconocimiento del adeudo ante el actuario judicial, en el expediente

    que se envio al archivo, se interrumpe la prescripcion de la acción cambiaria? podría iniciar nuevamente la demanda

    en la via ejecutiva mercantil con las copias certificadas?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí





  • Autor
    Respuesta No: 338099

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Claro que puede volver a demandar recuperando los documentos del seguro del juzgado, sólo asegúrese de haber cubierto las costas del juicio al demandado por la caducidad de la instancia.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión