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SENTENCIA DE DIVORCIO DADA, NO QUIERO YA DIVORCIARME

  • Consulta : 142522
  • Autor : dinander_NR
  • Publicado : Domingo 18 de Marzo de 2012 01:03 desde la IP: 158.97.7.197
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,111
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  • Autor
    Consulta

  • dinander_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sinaloa

    Mi situacion es esta. Inicié junto con mi esposa los tramites de divorcio de mutuo acuerdo. La sentencia ejecutoria fué dada, mencionando la disolución del vinculo matromonial. Ella y yo hemos vuelto a convivir y realizar cosas que en verdad han ayudado a mejor la calidad de vida que llevamos anteriormente. Aun no he llevado la sentencia del juzgado al registro civil. Mi pregunta es ¿si decidimos volver juntos, en realidad seguiremos siendo esposos al nunca llevar la sentencia al Registro Civil?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 258615

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes Ustedes ya estan divorciados, uanuqe el registro civil no tenga aviso, yo les aconsejo volverse a casar , por que aunque no le hayan dado aviso al registro civil si algun dis ustedes volvieran a tener diferencias cualquiera de los dos podria hacer valer esa sentencia Lic Valeria Ortiz Rubio Anzorena Especialistas en Derecho Familiar W w w . Ortizrubiolegal. Com . Mx Sur DF 42019327



  • Autor
    Respuesta No: 258617

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es claro que en tanto no se inscriba la sentencia ante el Registro Civil ustedes siguen casados. A veces el hecho de existir un documento que establezca la posibilidad de libertad de una pareja trae como consecuencia una salida de aire que disminuye la presión con la que han vivido, en tal sentido mi recomendación sería dejar su situación como se encuentra, si se llegara a presentar un problema irremediable en su relación entonces inscriban la disolcuión del vínculo, se ahorrarán todo un proceso. Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 258663

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    del momento de la ejecutoridad de sentencia... tiens 10 años para hacerla valer... para ejecutarla... despùes de eso se invalida...

    ustedes siguen casados...

    que tu abogado promueva un incidente de  nukidad de juicio ejecutoriado... firmada por ambos... y el juez pedira la rartificacion del mismo...



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