Estado de Referencia: Jalisco
Hola, buen día a todos:
Deseo formular una pregunta muy usual acerca de la antigüedad laboral, del caso que me ocupa en estos momentos no he encontrado bibliografia o informacion suficiente, el caso es de que un trabajador renunció en 1985 de lo cual recibio una indemnizacion, pero tiempo despues el mismo patron lo recontrato y le hiso devolver la liquidacion anterior para recuperar su antigüedad, hoy dia la empresa está despidiendo a todo su personal y este mismo trabajador exige le reconozcan su antigüedad en virtud de haber devuelto la liquidacion.
Ahora bien, mi pregunta es, si es legal que el trabajador tiene derecho a que se le reconosca dicha antigüedad o no?, dado que de resultar procedente, le serían reconocidos en total 37 años que deben ser tomados en cuenta para su liquidacion, de lo contrario solo le estaran contando 25.6 años.
Les agradezo toda ayuda al respecto.