Se trata de un Juicio Mercantil Ordinario, cuya sentencia resltó favorable, la pregunta es ¿La planilla de liquidación de Intereses, a los que fue sentenciado el demandado, debe de ir firmada por perito en contabilidad o no es necesario, así mismo, el cálculo y aplicación de intereses (interes legal), se hace cálculo compuesto, o simple, o como lo realizan los bancos para cuando le cobran a uno un crédito?
De antemano gracias a to2 aquellos que se seirvan dar una respuesta a estas preguntas (les recuerdo; NO SOY ABOGADO), así como a los comentarios y tip's que se sirvan aportar para realizar la ejecución de la sentencia respectiva, la cual ya causó estado.