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NOTIFICACION PERSONAL
- Consulta : 135094
- Autor : ecadena9
- Publicado : Miércoles 11 de Enero de 2012 18:50 desde la IP: 187.137.232.155
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,104
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 11 de Enero de 2012
Tengo un juicio de reconocimiento de paternidad que inicie en junio de 2004, la primera resolucion que me dan es que tenia que volver a empezar por que la notificacion estaba mal hecha; en segunda instancia me resuelven a favor por que no era algo atribuible a mi si no a la actuacion de la autoridad y debido a que esta se realizo en el estado de nuevo leon, se repone el procedimiento se emite una sentencia desfavorable y se vuelve en viar a segunda instancia ahi la resolucion que dan es que la notificacion de la fecha de la prueba de adn se le tiene que hacer personalmente que no puede ser por estrados para no dejarlo en estado de indefension pero resulta casi imposible poder hacerlo ya que en los domicilios manifestados cuando va el actuario no sale nadie y en su trabajo dicen que no lo conocen que no saben quien es, etc. , via exhorto se atratado de hacer la notificacion en el domicilio que se realizo la primera vez pero dicen que ya no vive ahi; aun cuando segun investigaciones de la ministerial esos son los domicilio, segun ife, licencia de manejo y acta contitutiva de la empresa y constancia del instituto mexicano del seguro social el es el representante legal y administrador unico y trabajador de esa empresa; el actuario me manifiesta que el no puede hacer nada mas que estal al dicho de los trabajadores y el juez me dice que el no me puede autorizar edictos por que existe un domicilio y tengo autorizado notificarle en donde se le encuentre pero eso lo considero mas que imponsible ya que el actuario con cita agenda y horario puesto me cancelaba o llegaba tarde; el transfondo del asunto es que el secretario de la mesa civil conoce a la persona entonces cuando se se iba ir a notificar casualmente la persona cambiaba sus habitos y por lo tanto no se le pudo encontrar; habra algunn principio de derecho, jurispurdencia o medio para poder avanzar ya que es lo unico que falta
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 251131
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Enero de 2012 20:18 2012-01-11 20:18 desde IP: 187.194.9.168
es mas fascil cambiar de juzgado y volver a empezar... ya ese juzgado esta viciado ... y cambia tambien de abogado... busca a apolinar constante... en este foro ... el es de monterrey y sabra que hacer...
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