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OFICIAL DE SEGURIDAD DEL CJF DESPEDIDO INJUSTIFICADAMENTE.
- Consulta : 284341
- Autor : linocarbo_NR
- Publicado :
Lunes 16 de Julio de 2018 19:56
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,103
- Tipo de Usuario :
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 16 de Julio de 2018
Estado de Referencia: Distrito Federal
Saludos cordiales abogados. Mi consulta es porque el pasado viernes 13 de julio de 2018, después de 19 años de servicio, me terminaron los efectos de mi nombramiento de oficial de seguridad. Yo trabajaba para la Coordinación de Seguridad del Poder Judicial de la Federación, y mi nombramiento decía Plaza de Confianza, pero es el caso que me dijeron que mi plaza desapareció por una reestructuración dentro del Consejo de la Judicatura Federal y decía que mi puesto había sido extinguido. Mi pregunta versa sobre si puedo demandar a la institución mi reincorporación al servicio o si puedo pelear mis derechos laborales o de plano me tengo que resignar porque ni la quincena me pagaron y tampoco me quieren pagar las prestaciones de FONAC y demás a las que tenía derecho. Me siento muy decaído porque quien extinguió la plaza fue ni más ni menos que el Ministro Luis María Aguilar Morales, Presidente de la SCJN y ahora no tengo nada que comer, no tengo a dónde ir, tengo familia que mantener y encima dicen que voy a ser boletinado para que jamás nadie nunca me contrate en ninguna parte. Créanme que no es fácil escribir esto y sé que puedo tener severas represalias por pedirles asesoría a ustedes, pero no puedo evitar pensar en lo que me han dicho: que le haga como quiera porque los conflictos laborales de esta institución se llevan a cabo en una Comisión Substanciadora Única y a nadie nunca reinstalan, y si demando, jamás volveré a tener trabajo en mi vida. Les agradeceré cualquier asesoría que me puedan brindar, y les envío un cálido abrazo. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 398152
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2018 02:08 2018-07-25 02:08 desde IP: 189.217.120.230
Debe demandar la indemnización por despido injustificado ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, propiamente ante las Salas Metropolitanas.
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Autor
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AutorRespuesta No: 398153
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2018 02:22 2018-07-25 02:22 desde IP: 189.217.120.230
Y apúrese porque cuenta con treinta días hábiles para interponer la demanda. No faltará el coyote de Junta que lo remita a una Junta de Conciliación y que cuenta con sesenta días para demandar, nunca faltan.
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