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AVAL
- Consulta : 206005
- Autor : ilc_ortega_NR
- Publicado : Sábado 17 de Agosto de 2013 20:00 desde la IP: 189.155.79.183
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,104
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 17 de Agosto de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 323933
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Agosto de 2013 12:22 2013-08-18 12:22 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Lo que procede es que usted pague la deuda, y posteriormente demande a su fiado las cantidades que pagó.
No olvide que el fiador es aquella persona que se obliga a pagar en lugar del deudor, si éste no lo hace
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