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LEGALIDAD DE PLASMAR LA RESOLUCION MISCELANEA EN UN REQUERIMIENTO

  • Consulta : 118196
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Viernes 01 de Julio de 2011 18:24 desde la IP: 189.151.59.43
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,102
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Yucatán

    Puede ser utilizada la resolucion mescelanea fiscal para requerir un pago provisional, osea en el acto de molestia puede la autoridad plasmar como fundamento legal una regla de la resolucion miscelanea? si es asi esta debe sujetarse a las garantias de seguridad juridica que marca nuestra constitucion ? o son unas hipotesis en donde la autoridad puede plasmarla de manera discresional aun estando mal aplicadas ? le comento, me requirio el pago de la diot del mes de noviembre del 2010 y en el documento me plasmo una regla para la presentacion de esta declaracion pero que se aplican a las personas morales y yo estoy tributando como persona fisica, ante el reclamo ante el recurso de revocacion la autoridad contesto lo siguiente:

    Es inconcuso que al haberse omitido dicho obligaion dentro del plazo establecido en la ley, la autoridad fiscal se encontraba facultada a requerir su presentacion, sin que exista la obligacion de indicarle en el requerimiento de obligaciones, cuales son las disposiciones, que norman los medios, formatos y demas condiciones en los que se debe de cumplir la obligacion requerida, ya que desde que este se da de alta ante el rfc, tiene conocimiento de cuales son sus obligaciones fiscales, de ahi que si por error de impresion la autoridad hizo referencia a las reglas que son aplicables a las personas morales, ello no hace invalidante el acto recurrido, toda vez que es necesario que el vicio afecte la defenza del particular y trascienda al sentido de la resolucion, lo cual no acontece en la especie, razon por la cual no resta mas a esta autoridad resolutoria que desestimar por infundado su agravio.

    por eso la pregunta, la resolucion si no la aplica en el requerimiento la autoridad, no pasa nada, pero si la plasma en el requerimiento esta se debe de ajustar al derecho que enmarca la constitucion asi es?

    gracias por adenlatado por sus comentarios que me puedan hacer llegar al respecto

    atte
    roger

     

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