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EN QUE CASOS SE PUEDE ADJUDICAR UN ARRENDATARIO LA CASA QUE ESTA RENTANDO?
- Consulta : 97460
- Autor : anabela_28cc_NR
- Publicado : Lunes 10 de Enero de 2011 23:36 desde la IP: 189.172.120.92
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,103
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 10 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Baja California Sur
de antemano muchas gracias por sus respuestas!!
mi madre tiene una casa rentada por mas de 10 años y le han dicho que el arrendatario puede quedarse con la casa, es verdad eso? en que caso puede proceder eso? no hay contrato pero mi madre si le da recibos por la renta. mi madre paga el predial cada año como debe de ser. es posible que el arrendatario pueda quedarse con una casa que no es suya? en que casos puede proceder eso? muchas gracias por sus respuestas -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 204282
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 17:01 2011-01-11 17:01 desde IP: 189.158.152.119
JAMAS EL ARRRENDATARIO PODRA Q UEDARSE CON SU CASA, SOLAMWENTE EXISTE UNA MANERA LEGAL , LA CUAL ES EL DERECHO DE TANTO, QUE EMPIEZA A VALER DESPUES DE LOS DIEZ AÑOS, ESTE DERECHO, ES UNICAMENTE SI SU MADRE DESEA VENDER DICHA PROPIEDAD, EL CUAL EL ARRENDATARIO ES AL PRIMERO QUE SE LE DEBE DE OFRECER DICHA VENTA, SIEMPRE Y CUANDO PUEDA PAGAR DICHO BIEN INMUEBLE, SI NO TIENE EL DINERO DE PAGAR, PIEERDE ESE DERECHO DE TANTO .........SUERTE LIC. DESTINO VERDE
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Autor
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AutorRespuesta No: 204287
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 17:11 2011-01-11 17:11 desde IP: 189.163.38.200
Efectivamente, como lo explica el forista anterior, el arrendatario nunca se podrá quedar con la casa que renta, así tenga 20 o 30 años rentando la casa, precisamente porque la posesión en la que ha venido tendiendo la casa es una posesión precaria y no a título de dueño.
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AutorRespuesta No: 204345
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 19:29 2011-01-11 19:29 desde IP: 187.194.40.216
arrendatarioratero... como mucha gente... piensan que pueden apropiarse o hacer de la propiedad de una cosa ...con solo verla...
desde luego que por ninguna causa... el arrendatario puede DESPOJAR al arrendador del inmueble objeto de la relación de arrendamiento existente entre ambos... rata ttatatatatat
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AutorRespuesta No: 204352
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 19:51 2011-01-11 19:51 desde IP: 189.212.77.179
Le informaron mal.. que no se deje sorprender por coyotes que le hacen creer que le pueden dar la propiedad del inmueble para sacarle dinero.
No puede quedarse el inmueble por el hecho de vivir ahi.. ya que su ocupación del inmueble es derivada de un arrendamiento y el Código civil establece que para la prescripción es necesario:
1. Tener la posesión de un inmueble por mas de cinco años de buena fe y 10 años de mala fe
2. A titulo de dueño ( no aplica porque es arrendataria)
3. De manera pública y pacífica (todos saben que es arrendadora no dueña)
4. De buena fe
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AutorRespuesta No: 204355
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 19:54 2011-01-11 19:54 desde IP: 189.212.77.179
Como no cumple con los requisitos anteriores.. solo le queda seguir rentando o buscar un crédito para comprar en otro lado..
Lo que si tiene es el derecho de tanto o preferencia, es decir, si el dueño quiere vender, su mamá tendrá derecho a que se lo ofrezcan primero para comprarlo si tiene el dinero o un crédito.
Saludos
Lic. Elizabeth López
52195455
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Autor
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AutorRespuesta No: 204553
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Enero de 2011 19:46 2011-01-12 19:46 desde IP: 189.158.161.177
LA FORISTA DICE...MI MADRE TIENE UNA CASA RENTADA,,,,,MI MADRE SI LE DA RECIBOS DE RENTA............ OJO.
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AutorRespuesta No: 204559
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Enero de 2011 19:50 2011-01-12 19:50 desde IP: 187.144.39.71
QUE NO FUI CLARO... arrendatario ratero...
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AutorRespuesta No: 238852
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Septiembre de 2011 14:19 2011-09-13 14:19 desde IP: 189.158.140.11
Tengo la misma duda que la pregunta original, en este caso la persona ha rentado por 32 años y ha hecho comentarios sobre reclamar uno de los departamentos del edificio, o en caso de venta reclamar una "indemnizacion"...o como ultima opcion que ya no se le cobre renta.
El arrendador esta comprometido de alguna manera? Mas aun que nunca se han manejado recibos de pago entre las partes.
Gracias
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AutorRespuesta No: 238945
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Septiembre de 2011 02:39 2011-09-14 02:39 desde IP: 189.245.103.153
Es el mismo caso. Sean uno o cien años existe un Contrato de Arrendamiento por lo que no opera ningún tipo adjudicación ni de indemnización. Si desea que NO le cobren renta debe adjudicarse el departamento exclusicamente por la vía de Compra-venta siempre y cuando el propietario DESEE VENDERLE porque una persona no puede pagarse a sí misma, es decir, siendo dueña, no puede pagarse así misma el alquiler de un bien propio.
¿Quedó claro?
Saludos...
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AutorRespuesta No: 238949
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Septiembre de 2011 08:19 2011-09-14 08:19 desde IP: 189.152.30.205
QUE LE FIRME UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.- PARA JUSTIFICAR EL MISMO.-
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