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PRESCRIPCIóN DEL FRAUDE ESPECIFICO

  • Consulta : 274354
  • Autor : jorgojuarez
  • Publicado : Martes 18 de Agosto de 2015 19:20 desde la IP: 189.154.91.173
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  • Visitas : 4,103
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  • Autor
    Consulta

  • jorgojuarez
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes,

    Mi consulta es cuando prescribe el delito de Fraude Espesifico.

    En Noviembre del 2003 hice un contrato de compraventa de un terreno con el representante de los duenos del terreno, el me aseguro que los duenos le habian dado autorizacion de vender o rentar parte del terreno que en esos momentos no contaba con escrituras y que el Lic. Oscar, representante de los duenos les hiba a arreglar, El Lic. Oscar me pidio un anticipo de $30,000, los cuales le di y el me entrego una copia del contrato, pero cuando fu a hablar con los duenos, ellos me dijieron que nunca habian autorizado al Lic. Oscar de vender o rentar hasta que no tubieran las escrituras, a la fecha 2015, sigue sin tener escrituras.

    En el 2004  hice una denuncia, y hasta el 2006, el Juez otorgo una orden de aprehencion en contra del Lic. Oscar, pero desde ese momento el acusado estuvo tramitando al menos entre 20 y 30 amparos en contra de la orden de aprehencion, estos aparos fueron en diferentes estados y ciudades, NuevoLeon, Cohauila, Tamaulipas, etc, y segun me dijieron que eso hacia que el proceso se suspendiera, para eso el acusado cambio de domicilio al menos en tres ocaciones.

    En el 2012 (si mal no recuerdo) la orden de aprehencion se ejecuto, pero En cuestion de una o dos horas salio libre, no estoy seguro si fue por un amparo que estaba vigente o por fianza,  en el 2008 Tambien hice una denuncia en la  PGR por el mal uso del recurso de amparo, pero esta no procedio porque dijieron que el estanba en su derecho de sacar amparos por estar en riesgo su libertad, pero anios despues la PGR saco una orden de aprehencion por mal uso del recurso de amparo, y fue detenido en Noviembre de 2014 pero pago una fianza y salio libre, en Agosto 2015  se complemento una orden de Reaprehencion para el Lic. Oscar por parte del Juzgado  de la causa, pero pago una fianza de $10,000 y $2,015 Pesos y salio libre, a grandes rasgos me digieron que el delito estaba por prescribir en pocos meses, y que el acusado quedaria libre de todo cargo, pero no me pudieron dar una fecha exacta, y esa es la consulta que les hago; en que fecha prescribe el delito?

    Lo que se es que el delito fue tipificado como Fraude especifico, sancionado por los articulos 385, 386 y 387, y que la pena es de 5 a 12 anios, Lo unico que se es que se hace una suma aritmetica de la minima y maxima condena, mas una parte de ese resultado.

    Quiero hacer notar que en el 2010 el acusado hizo un  "certificado" de deposito, por la cantidad de $30,000 pesos que yo podia recoger solo si otorgaba el perdon, pero me aconsejatron que si yo no estaba conforme no tenia que darle el perdon y recoger el deposito, asi que a la fecha el deposito se supone que esta disponible, El Juez de la causa y un magistrado (porque el acusado apelo la decicion del Juz) resolvieron que el deposito de $30,000 No constituia la reparacion del dano por estar condicionado y porque el afectado (yo) no habia estado satisfecho con lo que el acusado pretendia como reparacion.

    Hice una peticion al Juez  de que yo reclamaba del acusado, aparte de los $30,000  pesos los gastos que a la fecha habia erogado, principalmente porque hasta el 2009 yo vivi en tamaulipas y viajaba constantemente a Monterrey para atender ese caso, pero el Juez concluyo que no era el momento procesal y que se podria tomar en cuenta en la sentencia definitiva. 

    La secretario del juez me insinuo (yo detecto con mal cara) que no haga mas pleito, que le de el perdon y retire el deposito, como adelantando que no hay manera de se me haga  Justicia con una efectiva reparacion del danio.

    Agradesco me acesoren en que fecha prescribe el delito, y bien venidos sus demas comentarios.

    Disculpen lo extenso de mi escrito, Y gracias

     

     

     

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