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TESTAMENTO.
- Consulta : 125617
- Autor : salvmr_NR
- Publicado : Martes 20 de Septiembre de 2011 18:02 desde la IP: 201.134.170.15
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,102
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 20 de Septiembre de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 239270
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Septiembre de 2011 18:27 2011-09-20 18:27 desde IP: 189.152.56.207
Si usted realiza su testamento en pleno uso de sus facultades mentales, sin error coaccion ni violencia, NO puede ser impugnado,.Salu2
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Autor
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AutorRespuesta No: 239292
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Septiembre de 2011 20:05 2011-09-20 20:05 desde IP: 187.194.14.134
Un testamento, es la ultima voluntad de la persona sobre sus bienes, a no ser que heredes a tu hermana el rocio de la mañana, el canto de los pajaritos y el brillo del sol, estas en un acto de voluntad y este no es impuganble de ninguna forma.
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Autor
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AutorRespuesta No: 239345
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 00:49 2011-09-21 00:49 desde IP: 189.216.5.236
Cualquier persona que crea tener derecho a la masa hereditaria puede impugnar un testamento, es decir, sus hermanos sí pueden impuganar su testamente, (el hermano de la Roña lo hizo al igual que el sobrino de Cartinflas) pero de eso a que obtengan resultados positivos, es otra cosa. No he sabido de ningún testamanto público que siendo impuganado se anulara.
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Autor
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AutorRespuesta No: 239363
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 09:40 2011-09-21 09:40 desde IP: 148.240.80.34
Ademá de enviar un cordial saludo a los foristas que han participado en esta consulta, debo señalar que no comparto la opinión de tu Asesorlegalmty y Máscaranegra, y coincido parcialmente con lo manifestado por Ochoa, Donis.
Un testamento, como ya se ha señalado acertadamente por Máscaranegra, es un acto personalísimo, revocable y libre, a través del cual una persona con capacidad legal, dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.
Ahora bien, ese acto personalísimo del testador, debe de cumplir con determinadas formalidades y solemnidades que, en caso de no satisfacerlas, trae como conecuencia que cualquier persona que sea con derecho al acervo hereditario, pueda impugnarlo para que, una vez declaro nulo por el juzgador, se abre entonces la sucesióin intestamentaria y el impugnante puede hacer valer esos derechos hereditarios.
Es relativamente frecuente que las impugnaciones a los testamentos sean hechas precisamente porque adolecen de esas formalidades y solemnidades, y no en pocos casos, contrario a la opinión de Ochoa, Donis, se declaran nulos los testamentos.
Uno de los casos más frecuentes que producen la nulidad, tiene que ver con las personas que testifican el acto, ya que por descuido o, en algunos casos intencionamente, los notarios permiten que esos testigos tengan algún vínculo de parentesco, bien sea con el testador o con el propio fedatario público, confiados en que nadie impugnará las disposiciones testamentarias.
Otros ejemplos de circunstancias que pueden dar lugar a la nulidad del testamento, es cuando bajo influencia de amenazas en contra del testador, de sus bienes, o la persona y bienes de su cponyuge y parientes, hace la disposicipón testamentaria y fallece antes de que cese esa violencia que le impide disfrutar de su entera libertad de testar; también cuando el testamento es hecho por dolo o fraude; tambipen es nulo cuando el testarr, demanera parsonal, ni exprese en forma cumplida y claramente su voluntad, sino que sólo lo haga por señales o por monosílabas, en respuesta a preguntas que se le hagan.
Como las anteriores, existen otras causas que pueden dar lugar a la nulidad del testasmento; por tanto, el testador debe de ser muy cuidadoso en asesorarse previamente a acudir a que se redacte su última voluntad.
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Autor
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AutorRespuesta No: 239371
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 10:34 2011-09-21 10:34 desde IP: 189.148.119.34
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Autor
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AutorRespuesta No: 239418
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 17:17 2011-09-21 17:17 desde IP: 189.145.41.87
Estando en el entendido de que en este país que esta lleno de TRAMPOSOS pude suceder lo que sea, es de llamar la atención por lo que se advierte en la presente consulta, que un acto de la importancia de un testamento donde queda la ultima voluntad del ser humano, pueda ser anulado…?????, y lo que es pero aún, que este recurso va a suceder cuando la persona ya falleció, dejándolo por obvias razones en completo estado de indefinición (EL NOTARIO. MUY BIEN MUCHAS GRACIAS, ENRIQUECIÉNDOSE).
Ya en alguna otra consulta, he hecho valer que de alguna forma los Jueces, Notarios y demás “Extraños Personajes” que se encuentran involucrados en nuestro muy lamentable sistema de impartición de Justicia, deberían de alguna manera de pagarle a los afectados las NEGLIGENCIAS y BRUTALIDADES que comenten, pero para lograr esta condición, habría que empezar por crear un Órgano totalmente autónomo y con facultades de sancionar (PODRÍA SER UNA CONTRALORÍA GENERAL DE LA NACIÓN), conformada por personas que no tengan absolutamente nada que ver con el Poder Judicial, con los Partidos Políticos, o con cualquier otra actividad afín a cualquier instancia del gobierno, con una ética moral y profesional intachables, (ESTOS ORGANISMOS DE CONTROL Y VIGILANCIA DE ÉLITE EXISTEN EN MUCHOS LUGARES DEL MUNDO, ADEMÁS DE QUE HAY MACHISMOS MEXICANOS QUE DESDE LUEGO CUMPLEN CON EL PERFIL), y ya veríamos que rápido se les iba a quitar a todos estos DESCEREBRADOS la supuesta “audacia” y abuso con la que actúan actualmente sin miramiento a los ENORMES daños y perjuicios que ocasionan buscando solo su beneficio personal.
P.D. PORQUE LES DIGO QUE SON UNOS DESCEREBRADOS, PORQUE PARECE QUE NO SE DAN CUENTA DE QUE ALGÚN DIA TODOS VAMOS A TENER QUE RENDIR CUENTAS ALLÁ ARRIBA, Y ES CUANDO LOS QUIERO VER.
SALUDOS
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AutorRespuesta No: 239419
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 17:27 2011-09-21 17:27 desde IP: 189.145.41.87
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AutorRespuesta No: 239426
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 18:45 2011-09-21 18:45 desde IP: 148.240.80.34
No, Maxuwel, para que pueda impugnarse un testamento, se requiere que el testador haya fallecido, ya que es cuando ha muerto, que se abre la sucesión testamentaria y puede impugnarse, no antes.
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