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ASAMBLEAS DE ACTAS ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS

  • Consulta : 120241
  • Autor : sofiagonzalez1921_NR
  • Publicado : Miércoles 20 de Julio de 2011 08:28 desde la IP: 8.14.235.120
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,102
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  • Autor
    Consulta

  • sofiagonzalez1921_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buen día dentro de la familia tenemos un juicio intestamentario un poco complicadito contamos una SA y se realizaron asambleas posteriores al fallecimiento donde se daban las acciones a otras personas de unos de los socio, tienen validez estas actas??? podemos esar tranquilos que no las publicaran posteriormente en el R.P.P, el administrador general  y a su ves socio realizo este movimiento.

    Gracias¡¡¡¡

     

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  • Autor
    Respuesta No: 231673

  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Las acciones del socio fallecido deberian pasar a su "sucesion testamentaria" o en su caso a la "esposa e hijos", si les otorgaron las acciones a persona distinta ya estan incurriendo en algo indebido. Dichas actas pueden ser objetadas pues se supone que al fallecimiento de un socio sus bienes pasan a sus sucesores (si dejo testamento) o a quien tenga derecho a heredarle.

    Las actas de las asambleas ordinarias o extraordinarias deben de notariarse e inscribirse en el RPP para que tengan validez plena pues con esto se da la publicidad y aplica contra terceros.



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