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CUANTAS VECES DEBE PERFECCIONAR LA AVERIGUACIóN PREVIA EL MINISTERIO PúBLICO EN EL ESTADO DE MEXICO?

  • Consulta : 137649
  • Autor : fragososantiago_NR
  • Publicado : Viernes 03 de Febrero de 2012 17:09 desde la IP: 201.161.24.107
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,068
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  • Autor
    Consulta

  • fragososantiago_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Le jiraron orden de aprehensión a mi clienta, pero le concedieron el amparo con efectos, para dictar otro auto en el mismo sentido o en otro diferente valorando las pruebas de descargo a favor de la quejosa, negaron la orden de aprehension en el nuevo auto, el ministerio público apelo el auto, la segunda lasa colegiada de tlanepantla la confirma, pero no me dan información, ya que dicen qu8e ala causa se encuentra en siguilo, y que al ministerio público se le dieron otros noventa días para que la perfeccione, otros noventa, es decir, ya le habian negado la orden el 2 dos de diciembre del año 2010 dos mil diez, se la conceden en abril del año 2011 dos mil once, pero a traves del amparo se la niegan, han pasado más de noventa días, como lo refiere el artículo 148 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México, he perdido mi trabajo en donde tenia 12 años trabajando, y nunca me meti en ningun problema, pero con la reforma del artículo 123 constaitucional, a quien le reclamo esta violación a mis derechos humanos, y todo el tiempo que estuve en este problema.

     

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