estimados abogados, espero me puedan apoyar con su opinion:
tengo un juicio laboral, mi cliente es un demandado fisico, (no es el responsable de la fuente de trabajo)
ya en 3 ocasiones asisto a la audiencia y esta no se lleva a cabo por falta de notificación a la parte actora, al hablar con el actuaario y pedirle notifique me manifiesta que el domicilio no existe y no puede levantar el acta de notificación.
me refiere a que si quiero que se levante la acta, traiga al actor personalmente o en su caso se turna el expediente a la procuraduria del trabajo para que le asignen un abogado para su defensa, según ela ctuario lo amrca la nueva LFT.
es correcto este razonamiento?? ya que segun tengo entendido si el domicilio que se marca no existe o no se encuentra se puede notificar mediante estrados. es correcto??
que puedo hacer en este caso??
muchas gracias de ante mano.
saludos!!