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ALTA DE VEHICULO SIN PEDIMENTO (FUE DE GOBIERNO)
- Consulta : 171695
- Autor : xofo.so_NR
- Publicado : Miércoles 03 de Octubre de 2012 18:08 desde la IP: 189.225.180.13
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,088
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 03 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Buenas tardes, tengo un problema para dar de alta mi vehiculo, lo compre de un lote que vende autos dados de baja de instituciones de gobierno, ellos me dieron toda la papeleria que les entregaron de la secretaria de salud. Sin embargo cuando fui a darlo de alta, me dijeron que necesitaba el pedimento de importacion (el auto es americano). Pregunte en la SAT y me dijeron que dicho auto no tiene pedimento de importación, pues esos autos los regula el gobierno por medio de acuerdos. Pero que por el año en que fue dicho acuerdo con el que se dio de alta el vehiculo, ya no tienen ellos papeleria al respecto, pues destruyen esa clase de documentos cada cierto numero de años. Que puedo hacer para dar de alta mi vehiculo? Estan obligados a darme de alta sin dicho pedimento con los documentos que tengo?
Gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 289605
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Octubre de 2012 13:56 2012-10-23 13:56 desde IP: 201.127.233.195
que papeleria tedieron, te dieron alguna factura, o la entrega por parte de Hacienda a la secrearia desalud, de acuerdo al 146 de la ley aduanera, se puede acreditar conlos siguientes documentos
ARTICULO 146. La tenencia, transporte o manejo de mercancías de procedencia extranjera, a
excepción de las de uso personal, deberá ampararse en todo tiempo, con cualquiera de los siguientes
documentos:
l. Documentación aduanera que acredite su legal importación.
Tratándose de la enajenación de vehículos importados en definitiva, el importador deberá
entregar el pedimento de importación al adquirente. En enajenaciones posteriores, el
adquirente deberá exigir dicho pedimento y conservarlo para acreditar la legal estancia del
vehículo en el país.
II. Nota de venta expedida por autoridad fiscal federal o institución autorizada por ésta, o la
documentación que acredite la entrega de las mercancías por parte de la Secretaría.
Fracción reformada DOF 30-12-1996, 31-12-1998
III. Factura expedida por empresario establecido e inscrito en el Registro Federal de
Contribuyentes, la cual deberá reunir los requisitos que señale el Código Fiscal de la
Federación.
Las empresas porteadoras legalmente autorizadas, cuando transporten las mercancías de
procedencia extranjera fuera de la franja o región fronteriza, podrán comprobar la legal tenencia de las
mismas con la carta de porte y los documentos que establezca mediante reglas la Secretaría.
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