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CHIVO EXPIATORIO

  • Consulta : 135855
  • Autor : Hiroxin
  • Publicado : Miércoles 18 de Enero de 2012 18:26 desde la IP: 189.155.251.217
  • Tipo de Usuario :
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  • Autor
    Consulta

  • Hiroxin
    ESTUDIANTE

    Que tal, buenas tardes.

    Anteriormente publiqué mi caso en este mismo foro y me advirtieron que tendría que revisar el caso por que a pesar de que se encuentre cerrado, pueden existir recursos que puedo utilizar.

    Bien, pues llevo analizando el caso por casi un año ya aproximadamente, y lamentablemente lo tuve que hacer yo mismo por que no tengo el dinero para pagarle a un buen abogado.

    Repito, el caso de mi padre esta cerrado y se encuentra sentenciado a 40 años de prision, con el delito de homicidio. Se le acusa de ser el autor intelectual de un asesinato ademas de ser el inductor.

     

    Investigacion

    Bueno, analizando el expediente, me di cuenta como se llevo el caso, y fue en pocas palabras una porquería. En casi 5 meses, el Ministerio Público logró recabar pruebas, testimonios e indicios en contra de quien verdaderamente es el autor intelectual. Sin embargo, esta persona era el lider sindical de la Seccion 42, protegido por la mismisima Elba Esther Gordillo.

    Paso el tiempo, y en el transcurso de 3 dias, hicieron una cantidad de atropellos y violaciones a los derechos humanos, le violentaron a mi padre mas de 40 articulos, incluyendo nacionales e internacionales. Lo levantaron sin orden de aprehension, lo tuvieron encerrado en una bodega torturandolo, y finalmente ya cuando se libero la orden de aprehension en su contra, lo trasladaron al CERESO y luego se le dio auto de formal prision.

     

    Las pruebas en su contra:

    1.- Llamada anónima sin sentido que mencionaba el apellido de mi padre, Faudoa, sin embargo se referia a otra persona (familiar de  mi padre), de apellido Faudoa.

    2.- Un teléfono celular entregado por una persona desconocida el cual se hizo un anañisis de las llamadas realizadas el dia del asesinato. El informe detallo que ese dia se hicieron llamadas entre otro numero y este.

    3.- Testimonio de 1 persona (Bentura) que se declara culpable de participacion en el homicidio, el cual dice fue contratado por una persona muy inteligente (referenciando a mi padre). Convenientemente para el MP, se nombra dueño del numero dicho en el punto numero 2.

     

    Hechos (Segun el MP)

    Fue asi como empezaron a armar el caso el cual finalmente quedo asi:

    Mi padre fue el autor intelectual, e inductor. Contacto a una señora (Yolanda) para que esta señora contactara a un estilista (Pedro), para que este la contactara con Bentura. Yolanda le propone matar a un profesor, pero finalmente matan a una maestra ¿?. Bentura acepta, y le pide a su amigo Antonio su carro, y ademas de este ser cómplice. Antonio presta su carro.

    Despues Bentura Baeza le pide a su amigo de la infancia Filiberto que lo ayude, Filiberto acepta.

    Filiberto despues le pide a su amigo "El Canelo" y luego a "Humberto" (Autores Materiales) para que cometan el homicidio. Ellos aceptan y utilizan el carro de Antonio Baca.

     

     

    Detenidos

     

    Hector (papa) - 40 años

    Yolanda  - 30 años

    Bentura - 22 años

    Antonio - Libre

    Fili - 26 años

    Humberto y El Canelo - Fueron invencion del MP, no existen.

     

    Las preguntas que naturalmente se hace uno son: 

    ¿Donde esta el arma homicidia (las) ? No se sabe.

    ¿Quienes son los autores materiales? No se sabe realmente.

    ¿Donde esta el supuesto dinero? No existe, por que mi papa nunca pago para ningun asesinato.

    Entonces como es que lo acusan? El juez, el Magistrado y la ultima magistrada, llegaron a su conclusion de la siguiente manera: "mediante suposiciones correctas, determinaron que mi padre fue el autor intelectual".

     

    De antemano no tengo que explicar lo inverosimil e ilogico de lo anterior. Era para que mi papa estuviera libre, pero no... en fin, el caso es que mi papa fue el chivo expiatorio del lider seccional que mando matar a la maestra. MI padre no tenia ninguna relación con el caso, de hecho no se establece un movil, mas que la maestra no estaba de acuerdo con unos negocios que tenia mi papa. (FAIL).

     

    Dentro de mi busqueda, encontre que la persona que se declara culpable, su concubina fue contratada inmediatamente despues por la procuraduria del estado. La procuradora era su jefa, y ella sin estudios, le dieron un puesto de especializacion con 15mil pesos mensuales. Ademas le bajaron la condena a este señor..

     

    Como hago lo siguiente?

    Como otorgar libertad a mi padre con base al Artículo 422 del Código Federal de Procedimientos Penales el cual trata sobre la Libertad por Desvanecimiento de Datos o Pruebas.

    Indulto, basado en el Artículo 103 del Código Penal del Estado de Chihuahua.

     

    En su defecto, otorgar en Reconocimiento de Inocencia, basado en el Artículo 97 del Código Penal del Estado de Chihuahua, ya que no existen pruebas o dichas pruebas en su contra se han “desvanecido misteriosamente”.

     

    Finalmente y si no es posible ninguna de las opciones antes mencionadas, reabrir el caso para poder demostrar su inocencia de nuevo aplicando el nuevo Código de Procedimientos Penales en un Juicio Oral.

     

    Como interpongo dichos recursos?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 251807

  • falpuche
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Su consulta es un poco confusa, lo cual se comprende porque no es usted abogado.

    ¿En qué año ocurrió todo esto que menciona?

    De su consulta me parece entender que ya agotó todos los recursos, pues habla de un juez, de un magistrado y de otra magistrada, lo que me hace suponer que su padre fue condenado en primera instancia, se confirmó la sentencia en la apelación y le negaron el amparo en el juicio de amparo directo.

    También me parece entender que el proceso se llevó en viejo sistema penal, esto es en el inquisitivo, por lo que sería bueno nos aclarara si fue en este sistema o en el sistema acusatorio adversarial que ya lleva un buen tiempo aplicándose en Chihuahua.

    Es muy difícil, sino es que imposible darle un diagnóstico sin leer el expediente, o en su caso, la carpeta de investigación y ver la videograbación de las audiencias del juicio según sea el caso.

    Por lo anterior, le propongo me envíe una copia simple completa del expediente (o en su caso de la carpeta de investigación y de los DVDs de las audiencias), para analizarla y darle un diagnóstico acertado, todo ello sin costo alguno para Usted.

    En mi oficina virtual, de esta misma página podrá usted verificar mi correo electrónico y mis teléfonos para ponernos en contacto.

    Saludos y espero poder ayudarle.



  • Autor
    Respuesta No: 251809

  • Hiroxin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    DIsculpa si es confuso.

    Como comentas, se trato la primera instancia, segunda instancia y amparo directo. Todas las instancias se llevaron en Chihuahua, Chihuahua con el antiguo modelo de procesos penales. 

     

    El expediente cuenta con 2 cajas de mas de 10mil fojas, es muy dificil sacar copia a todo y enviarlas :S es mucho dinero para mi... :S

    Ademas, tengo entendido que no hay videograbaciones, todo fue transcrito en papel.

     

    Tengo una página web: chivoexpiatorio

    donde estoy subiendo, analizando y recabando informacion...

     

    Mi interes primordial es saber si puedo interponer los recursos antes mencionados y como podria hacerle? Varios abogados me dicen que no se puede hacer nada, y pues... quisiera una esperanza, tiene que haberla =s



  • Autor
    Respuesta No: 251858

  • falpuche
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estoy leyendo tu página web y me parecen mkuy interesantes los datos que proporcionas. De entrada, la SCJN acaba de emitir una jurisprudencia acerca de que las declaraciones de un coacusado en que se incrimina a otro ante el MP carecen de valor incriminatorio en contra del otro u otros si no son ratificadas en presencia judicial.

    Pero debes entender que la resolución que condenó a tu padre al parecer ya es firme. Es posible que en su momento hubiera sido una buena candidata a la revisión de amparo directo ante la Primera Sala de la SCJN, pero no veo que se haya utilizado ese recurso.

    Por otra parte, este caso me parece un buen candidato a ser revisado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y probablemente por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias son vinculatorias para el Estado Mexicano y este está obligado a acatarlas, pues al parecer se violaron derechos humanos de tu padre en el proceso.

    Y sí funcionan: aquí en Yucatán se liberó por mandato de la Corte Interamericana, hace un par de años, a un indígena maya sentenciado por homicidio calificado por virtud de que sus derechos fundamentales fueron violados durante todo el proceso al no contar con un intérprete.

    Pero, para darte una opinión más certera y guiarte, te pediría subieras a tu página web las siguientes constancias del proceso, que nos ayudarán a los abogados que aquí participamos a aportarte opiniones:

    1. El escrito de consignación fiscal, por el cual el MP ejercita acción penal en contra de tu padre.
    2. El auto de formal prisión.
    3. La sentencia de primera instancia.
    4. La sentencia de segunda instancia (es decir la de la apelación).
    5. La sentencia del amparo directo.

    Si fuera posible, en formato .pdf (de Adobe Acrobat), para facilitar su manejo en la comadora.

    Saludos.







  • Autor
    Respuesta No: 252962

  • Hiroxin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    He empezado a subir algunos documentos del caso:

     

    Expediente: 43/06

    Jefa de Investigación del Ministerio Público: Lic. Alejandra Ramos Durán

     

    Orden de Presentación

    Jefa de Investigación del Ministerio Público: Lic. Alejandra Ramos Durán

    Agente Ministerial encargado: Lic. Juan Armado Santacruz Lopez

    (Leer Documento: //chivoexpiatorio/docs/Acuerdo_de_Presentacion.pdf)

     

    Orden de Consignación

    Jefa de Investigación del Ministerio Público: Lic. Alejandra Ramos Durán

    (Leer Documento: //chivoexpiatorio/docs/Acuerdo_de_Consignacion.pdf) 

     

    Orden de Aprehensión

    Sala: Primer Sala de lo Penal

    Juez: Fabio Valdes Benssasson (Leer Documento: //chivoexpiatorio/docs/Orden_de_Aprehension.pdf) 

     

    Seguire subiendo los demas documentos, lo que pasa es que son muchos....

    para mayor informacion: www . chivoexpiatorio. org

    Aqui dejo el documental que ando haciendo: //youtu.be/ZRjD_qxBp0o

     

     

     

    Expediente: 43/06
    Jefa de Investigación del Ministerio Público: Lic. Alejandra Ramos Durán



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