Estado de Referencia: Michoacán
como siempre, las leyes son muy ambiguas, elaboradas para ser manejadas.
a la fecha no existe documento alguno que especifique que si no aparece en el acta de matrimonio, se considera "por bienes separados"
aunado a esto los señores del registro civil, no saben y mucho menos nos dicen, que los contrayentes deben especificar el regimen por el que quieren unir sus vidas.
desde mi punto de vista, si no esta plasmado en el acta, "DEBE INTERPRETARSE COMO SOCIEDAD CONYUGAL" y no a la inversa, asi que actualmente los michoacanos tenemos documentos donde algunos Lics. ponen indistintamente segun su criterio y/o lo que manifestemos.
muy lamentable que a la fecha ninguno de Uds. pueda asegurar con documento adjunto, que es lo asentado.
saludos cordiales.
Jorge.