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LEY DE TRABAJO APLICA PARA EMPLEADOS EN NOMINA AMERICANA?
- Consulta : 119469
- Autor : kv750920
- Publicado : Martes 12 de Julio de 2011 23:17 desde la IP: 70.120.228.133
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 12 de Julio de 2011
Hola, quisiera saber si ustedes me pueden ayudar a definir si la ley federal de trabajo en mexico aplica en algun caso para empleados americanos. Yo era empleada americana y al termino de mi contrato la compania trato de obligarme a firmar una renuncia voluntaria de la compania mexicana en la cual estaba mi oficina pero para la cual yo no laboraba. Yo prestaba mis servicios a la compania americana y me pagaban en la nomina americana. Cuando me negue a firmar la renuncia ellos me dijeron que estaban oblogados por la ley mexicana a reportar mi despido ante conciliacion y que tenian cinco dias para hacerlo. Esto no se me hace logico puesto que yo no tenia ningun contrato firmado con la empresa mexicana ni era empleada mexicana. Me pudieran ayudar a aclarar esto talvez con algun articulo de la ley que indique que esta solo aplica para empleados mexicanos >
Gracias!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 230519
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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Julio de 2011 01:51 2011-07-13 01:51 desde IP: 201.137.80.172
Hola, necesitas ser más clara en este asunto porque no se entiende bien:
mira si la compañía pertenece a los americanos, pero está establecida en el país de México se aplica la ley federal del trabajo, porque las compañías extranjeras establecidas en nuestro país se regirán por nuestras leyes, también no importa si eres extranjero o perteneces a nuestro país, mientras tu contrato no estipule que se regirá por leyes extranjeras se aplicara el nacional, además creo que ese tipo de clausulas no proceden, cuando te notifican que serás despedida y te niegas a recibirla están obligados a notificar a la junta de conciliación y arbitraje correspondientes mas tardar en 5 días, de este modo la obligación de notificarte es de la junta y no se tome como despido injustificado por la empresa y así no puedas entablar un juicio de despido injustificado tan fácilmente, también ten cuidado porque cuando te despiden se llama rescisión mas no renuncia, la rescisión es cuando una de las partes cae en unos de los supuestos de la ley laboral, de esta forma poder anular el contrato de trabajo con causa justificada (algún incumplimiento en el contrato o alguna mala acción que de causa según los enlistados por la ley), muchas empresas te hacen firmar la carta renuncia porque es mas difícil hacer una demanda laboral, solo se le llama carta de renuncia cuando tú te separas voluntariamente o en otras palabras por tu propia iniciativa decides ya no laborar para la empresa, a diferencia de la rescisión, que por incumplimiento de contra o por encuadrar en los art. 46 y 47 L.F.T.
Ahora bien, por otro lado entiendo que tu trabajabas para una empresa americana, pero tu oficina estaba en México y en una compañía diferente a la que fuiste contratada o algo así, te querían hacer firmar una carta de renuncia voluntaria posiblemente por miedo a que demandaras a esta otra empresa por despido injustificado, en México no importa si tu contratación no hubo o firmaste contrato, basta con demostrar la relación laboral (art. 20 L.F.T.), esto puede ser por medio de testigos donde laboraste, gafetes, recomendaciones, con papeles del lugar que acrediten que laboraste en ese sitio, etc...
Ellos solo buscan protegerse de esa circunstancia, no importa si trabajabas para la empresa extranjera o si eres americana, como tu oficina estaba en la empresa mexicana y territorio nacional, se presume que laboraste para esta empresa y puedes demandar si te lo propones, una cosa seria la relación laboral con la empresa americana que te contrato dependiendo de tu contrato y bajo las leyes que se rija si fue fuera del país de México, si no se estipulo porque o se justifica por medio de esa empresa el porqué estabas laborando en México dentro de la empresa mexica, se puede entender que laborabas para esta independientemente a la americana y hasta les puedes exigir una liquidación antes firmar tu renuncia o si te rescinden, al no haber contrato de por medio, tu posición es de empleado de plata o ante la ley es una relación laboral de tiempo indefinido, porque el contrato es responsabilidad del patrón, mas no tuya, la ley protege al trabajador de esta mala voluntad de patrón, por eso basta con demostrar una relación laboral ante la ley.
Espero haberte ayudado en algo, no tengo practica laboral porque no encuentro quien me dé la oportunidad, pero si estudio bastante la ley laboral y tomo cursos. Si algún compañero con experiencia tiene algo más concreto, espero ver pronto su respuesta para aprender mas tips
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