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MI PENSION ES DEL 75% EN LUGAR DEL 80%

  • Consulta : 180909
  • Autor : bbvaenrique_NR
  • Publicado : Miércoles 19 de Diciembre de 2012 16:45 desde la IP: 189.190.147.241
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,071
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  • Autor
    Consulta

  • bbvaenrique_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Srs. Licenciados.-En mi recurso de inconformidad resolvieron a mi favor 99 semanas que no me consideraron en la resolución. En la misma inconformidad manifesté no estar de acuerdo con el porcentaje otorgado de pensión que resolvieron era del 75% en lugar del 80% Ellos manifiestan que mi baja al imss fue el 15 de marzo del 2012 fecha en que tenía 60 años cumplidos (fecha de nacimiento7 de enero de 1952) y mi tramite de pensión la inicié hasta agosto del 2012. ya que no me resolvian lo de las semanas cotizadas y que luego me reconocieron en mi inconformidad.

    En el mes de agosto del 2012 que inicié mi tramite de pensión ya tenía mas de 6 meses 1 dias que marca la ley para para que mi pensión  fuera en lugar del 75% fuera del 80%, mas sin embargo manifiesta el imss que el porcentaje del 75% es la correcta ya que mi baja del imss fue a partir del 15 de marzo del 2012 aunque mi tramite de pensión la haya iniciado hasta el mes de agosto del 2012

    Pregunta.- ¿ Es correcto lo que manifiesta el imss? ya que no era mi culpa que no me reconocieran las semanas faltantes y que eso hiciera que el tramite de mi pensión lo iniciara hasta el mes de agosoto ?

    ¿ procede que interponga otro recurso de inconformidad por el porcentaje que me calcularon ?

    agradeciendo por su atención a la presente, quedo a sus ordenes.

     

    atte

    Enrique Martinez Palacios.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 296307

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lo que el IMSS te dice es correcto.

    Independientemente del problema que manifiestas de las semanas cotizadas, tu dejaste de cotizar cuando tenías 60 años y dos meses aproximadamente, adquiriendo el derecho a una pensión por cesantía con 60 años.

    El hecho de que solicites tu pensión a los 60 años y medio, y aunque la hubieras solicitado hasta que tuvieras 65 años o 70, no cambia el porcentaje y seguirá el mismo con el que adquiriste el derecho a pensionarte.

    Si hubieras dejado de cotizar en agosto de este año ya sería otro boleto.



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