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DEFUNCION DEL TITULAR DE SEGURO VEHICULAR
- Consulta : 243116
- Autor : cynthia.villarreal_NR
- Publicado : Viernes 26 de Septiembre de 2014 20:37 desde la IP: 189.250.235.14
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 26 de Septiembre de 2014
Estado de Referencia: Aguascalientes
Buenas noches, les agradeceria me pudieran orientar en esta situacion por la que estamos atravesando... Mi señor padre adquirio un automovil nuevo 2014 en el mes de diciembre del 2013, se le hicieron 15 pagos mensuales, de los cuales liquido 8, quedaron pendientes 7, lamentablemente falleció el mes pasado, se envio toda la documentación requerida por la aseguradora, el dia de hoy nos avisaron que debiamos realizar el pago correspondiente al mes de Septiembre/2104.
Mi señor padre era el unico titular tanto del vehiculo como de la poliza, no se requirio aval alguno.
Pregunta:
1.- Es necesario continuar realizando los pagos, hasta que la aseguradora determine el fallo? creemos que al efectuar un pago nos convertimos en responsables solidarios de continuar pagando y la aseguradora no libere la factura.
De antemano, Muchas gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 366574
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Fecha de respuesta: Sábado 27 de Septiembre de 2014 01:28 2014-09-27 01:28 desde IP: 189.219.54.82
Hola Cynthia. Antes que nada, siento mucho el fallecimiento de tu padre. Enseguida te comento:
No soy abogado pero trabajé 25 años en un banco, y puedo decirte, que es práctica común que en el caso de siniestros como el que comentas, en tanto se culmina con el proceso con la aseguradora, deberán seguir cubriendo la mensualidad del crédito automotriz. Al final, cuando la aseguradora emita el cheque, depositarán en la cuenta los importes pagados después de siniestro y en su caso, las primas no devengadas si existieran.
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Autor





