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ADN PARA PATERNIDAD

  • Consulta : 132268
  • Autor : jolenne
  • Publicado : Martes 06 de Diciembre de 2011 12:00 desde la IP: 189.142.195.126
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • jolenne
    USUARIO REGISTRADO

    a mi padre jamas lo reconocio mi abuelo aunque en su acta mi abuelita si puso que mi abuelo era el padre. mi abuelo ya fallecio, quiero saber si mi padre puede demandar la paternidad a mi abuelo ante el juez. con testiminiales que sepan que es su hijo y con una orden del juez para que saquen los restos oseos de mi abuelo de donde esta enterrado y se pueda hacer una prueba de ADN y asi poder incribir mediante sentencia que mi abuelo es padre de mi papá, se haga una anotacion en el registro civil donde diga que en base a las pruebas de adn se reconoce ese parentesco o filiacion,.

     

    otra cuestion tambien es que sus medios hermanos de mi papa tambien viven y si a ellos tambien se les puede hacer dicha prueba para los mismos efectos,

    me urge su respuesta mi correo es "janetgar154msn">janetgar154msn

     

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  • Autor
    Respuesta No: 247288

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No vea tantos capìtulos de "Bones", Primero dice que su abuela sí reconoció en el acta (supongo de nacimiento) a su papá (hijo de su abuela), Si se casó, la madre (su abuela) tiene todo el derecho de acudir al Registro Civil con su hijo para inscribirlo como producto del matrimonio, ya que se presume hijo del marido si estaban casados (no especifica en qué terminos está el acta de nacimiento) ya que era "normal" que en el acta apareciera como hijo ilegítimo. Pero si no se casaron  y en tantos años no se preocupó por aclarar el asunto, no puede demandar a un finado el reconocimiento de paternidad.



  • Autor
    Respuesta No: 247290

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Otro que ve la tele y las series maricona como  CI ES GAY, mayami, neuyor, o los angeles.

    Esa tonteria no se puede hacer y solo se puede demandar a alguien vivo, nunca a un muerto y menos pretender que el muerto reconozca un estado civil.

     

    Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.



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