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COLABORACIóN PARA CáLCULO DE PENSIóN IMSS

  • Consulta : 128171
  • Autor : Lamakele
  • Publicado : Martes 18 de Octubre de 2011 15:54 desde la IP: 69.79.180.2
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • Lamakele
    USUARIO REGISTRADO

    Muy buenas trades a todos:

    Soy José y pretendo conseguir en este foro, colaboració para el cálculo de la pensión que el IMSS me otorgaría.

    Cpmo atecedentes les puedo aportar, que tengo la intensión de retirarme de la empresa en la cual laboro actualmente para administrar mi negocio particular, aún me faltan 6 años para llegar a la edad en que pudiera solicitar la pensión correspondientre, pero mi deseo es tener calridad del tramite y vislumbrar el monto de la futura pensión.

    A continuación expongo los datos con que cuento actualmente:

    Edad 54 años, semanas cotizadas 1611, Edad en la cual pienso retirarme de mi actual empleo; 56 años, Salarios diarios (ultimos 5.... Para los años..... 2012 y 2013, los salarios son proyectados).

    Año 2007 $ 971.47 diarios

    Año 2009 $ 1,307.25 diarios

    Año 2011 $ 1,438.84 diarios

    Año 2012 $ 1,510.78 diarios

    Año 2013 $ 1,586.32 diarios  (todos son salarios intergrados).

    La conservacion de derechos aplicaría en mi caso particular??

    Bueno estos son los datos con que cuento.... me despido y quedo atento a  su apreciable respuesta .

    Saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 242441

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Esta media confusa la pregunta porque pone que piensa  pensionarse a los 56 años  la ley no lo permite salvo por retiro anticipado pero esto se da unicamente en la ley 97, y por ningun motivo le convendria aceptar esto, ademas que en su cuenta individual no tiene los recursos acumulados para el exedente del 30 % que marca la ley, tendria que tener 60 años para pensión por cesantía .

    Ya le entendi a ssu pregunta se retira de su empleo y tendra que esperarse a los 60 años que marca la ley , su pensión sera con 1,611 semanas mas 10 , de este año mas 52 del 2012  y 52 del 13, un total de 1,725 semanas, un salario diario de 1,356.00 daria una pensión mensual de $28,352.00 mensuales, incluye esposa o soledad del 15% y 11% de decreto. si tiene hijos entre 16 y 125 añoas que esten estudiando se agregara un 10% de la cuantía.

    La conservación de derechos en esa fecha sera con 1,725 semanas pasaditos de ocho años en tal virtud tendra asegurada su pensión hasta el año 2021 , pero como usted los cumple en el 2017 pues estara sobrado.

     

    saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 242491

  • Lamakele
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias por la respuesta,  me es de gran utilidad.......!!

    Quiero entender que al momento de yo cumplir 60 años tendría asegurada un pension de $28,352.00 (incluidos 15 de asignación por mi esposa mas el 11% de  decreto).

    Para tener mayor claridad le formulo una segunda pregunta:

    Como pienso retirarme de mi actual empleo en el año 2013, y mi derecho a pensión es en año 2017,....... dejaré de cotizar  4 años... ¿este tiempo será factor para que el IMSS pudiera negarme el derecho a pensión?

    Cordial Saludo..



  • Autor
    Respuesta No: 242500

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Usted tendra derecho a pensión como le digo hasta el año 2021, es lo que se llama conservación de derechos y estara amparado en el artículo 182 de la ley 1973 derogada pero para pensiones vigente por transitorios.Por otra parte en la ley 1997, los derechos sobre la cuenta individual no se pierden ya que son propiedad del derechohabiente.

    Si Usted quiere subir la mensualidad de pensión , lo que puede hacer es que entre el 2013 y 2017, registrase en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, llamada en el imss como modalidad 40, y  hacerlo con  el salario que tenia a fecha de baja y hasta 25 veces el salario minimo del D.F,Yy pagaria el 10.075% con esto aumentaria sus semanas cotizadas y mejor promedio

    Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen del Seguro Obligatorio, conservarán los derechos que tuvieren adquiridos a pensiones en los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, por un periodo igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de su baja.

    Este tiempo de conservación de derechos no será menor de doce meses.

    Las disposiciones anteriores no son aplicables a las ayudas para gastos de matrimonio y de funeral, incluidas en este capítulo.ARTICULO 183.-



  • Autor
    Respuesta No: 242557

  • Lamakele
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias nuevamente por la respuesta,...

    Tengo que insistir en el tema ...ya que observo que es usted conceder del mismo,.... y prefiero tener absoluta claridad de  este proceso;, para mí, muy importante...

    Por favor dígame si es correcta mi apreciación:

    Tendré que esperar al  año 2021 (con 65 años de edad), para poder hacer la reclamación correspondiente al IMSS ?.....o puedo hacer la reclamación en el año 2017 , que es cuando cumplo 60 años de edad ?

    Apegado a la ley 1973

    Disculpe la insistencia en el tema pero desconozco del mismo.

    Cordial Saludo



  • Autor
    Respuesta No: 242563

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En el año 2017, que cumple 60 años es cuando puede iniciar su tramite de pensión , el rquisito estar dado de baja la edad señalada y conservación de derechos. cesantía desde los 60 hasta un diá antes de cumplir 65. al cumplir estos pensión de vejez. La mensualidad que le calcule es a los 60.cada periodo con sesenta años seis meses un día se incrementa el porcentaje a edad menos en el ultimo segmento ya que debe de cumplir 65 para tener derecho a vejez.

     

    saludos.



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