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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 218795
- Autor : Eltremendo_01_NR
- Publicado : Jueves 16 de Enero de 2014 17:18 desde la IP: 189.143.157.82
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,075
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 16 de Enero de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 337655
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Enero de 2014 20:28 2014-01-16 20:28 desde IP: 187.170.238.247
Puede terminar la pensión con un juicio. Los resultados estarían en una plazo aproximado de 4 meses.
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AutorRespuesta No: 337657
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Enero de 2014 20:39 2014-01-16 20:39 desde IP: 189.187.249.183
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Autor
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AutorRespuesta No: 337664
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Enero de 2014 21:51 2014-01-16 21:51 desde IP: 189.234.196.228
los mayores de edad que no estudian y tienen hijos... ya no tienen derecho. al pago de alimentos.... pero como dice el colega que antecede... si ya tienes una obligacion judicial... debes pedir en juicio la cancelación... pero... si es de buena onda... con dejar de hacerlo basta... no vayas a susoender el pago por tu esferitas... si es obligacion judicial... tiene a weviori... que hacer juicio... tu abogado te exolica... no trates de hacerlo sin la intervencion de un abogado...
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