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INCAPACIDAD POR PATERNIDAD
- Consulta : 133802
- Autor : lunadelverano67_NR
- Publicado : Martes 27 de Diciembre de 2011 21:11 desde la IP: 189.143.135.165
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,087
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 27 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Mi esposa se va a aliviar de parto, me comentan que tengo derecho a faltar un día a mis labores con goce de sueldo, pero no me lo quieren hacer efectivo. Sin embargo, se que por Ley Federal del Trabajo, si tiengo este derecho. Me pueden explicar y asesorar. Me urge por que se alivia entre esta y la siguente semana.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 249518
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Diciembre de 2011 21:16 2011-12-27 21:16 desde IP: 187.144.51.227
no tienes derecho alguno derivado de la ley federal del trabajo... de la ley del imsss... o cualquiera otra-... para faltar a tu obligaciòn laboral... menos aun.. con derecho a salario...
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Autor
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AutorRespuesta No: 249537
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Diciembre de 2011 21:58 2011-12-27 21:58 desde IP: 187.149.137.200
Como acertadamente lo señala garovalo (Saludos afectuosos), No existe disposición legal alguna en La Ley Federal del Trabajo, o legislación de seguridad social alguna en tal sentido. No existe tal derecho y menos con goce de salario.
Por lo tanto, solo que su contrato laboral lo contemple así, es exigible tal prestación.
En caso contrario le sugiero que solicite se le cambie su día de descanso, si ésto es posible o que se le otorgue (Por escrito para evitar problemas posteriores) un día a cuenta de vacaciones o un día de licencia sin goce de salario,
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