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PUEDE CAMBIAR LA VIA DE ORDINARIA A EJECTIVA??
- Consulta : 250025
- Autor : alosuna
- Publicado : Lunes 08 de Diciembre de 2014 04:26 desde la IP: 189.149.106.105
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,066
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 08 de Diciembre de 2014
Buen dia, pues para variar como la mayoria de los que consultamos por aqui tengo muchisimas dudas y de antemano agradezco la ayuda. Primero resumo el caso: A mi novia le otorgaron un credito simple con garantia hipotecaria en el 2006 (hipotecaria nacional) dejo de cumplir con los pagos en el 2012 y hace 3 dias se prrsentaron 2 Personas que se ostentaron como funcionarios del poder judicial federal en el condominio donde ella vive primero dijeron que querian pasar a notificar y al serles negado el acceso le dejaron un oficio ala persona de la reja para el administrador del condominio donde se le indica que un juez ordena que se le facilite el acceso al condominio para llevar a cabo la diligencia de exequendo y lo apercibe de que al negarse se le impondra multa. El admistrador del condominio le entrego el oficio a mi novia y yo al checar con el numero de expediente me di cuenta que si es real y si existe la demanda en el juzgado de distrito en cancun quintana roo; y en la pagina del cjf si aparece el oficio dirigido al administrador del condominio. Mis dudas son: Puede cambiar la via de ordinaria a ejecutiva mercantil? No me hace sentido porque se fueron por la ordinaria mercantil si pudieron irse por la ejecutiva o la especial hipotecaria lo cual tengo entenfido serian vias mas convenientes para el acreedor o actor. Pueden ser estos medios preparatorios? En la pagina del CJF aparece ya la demanda como ordinario mercantil. Que es lo mas recomendable para ganar un poco de tiempo? Ella desde que fueron no ha regresado ya que de hecho vive mas en mi domicilio que en el que se presentaron es conveniente que no se aparezca por alla para que no la puedan notificar? Pueden llevar a cabo una diligencia de embargo sin estar ella presente? Se le puede declarar en rebeldia? El auto de exequendo es solo para la via ejecutiva mercantil o tambien para la ordinaria? Le pueden embargar mas bienes habiendo garantia real como es el inmueble hipotecado? Lei el contrato de apertura de credito y tiene unas clausulas que la dejan muy mal parada, como una donde renuncia a ser depositaria del bien inmueble al momento de haber embargo, es esto posible? es legal? Pueden sacrala de la casa desde el embargo? bueno tengo muchas dudas mas pero estas son las mas grandes agradezco cualquier ayuda y cabe mencionar que termine la licenciatura en dercho pero jamas he ejercido y curse la licenciatura en una de estas universidades express por no decir patito en 3 años, tengo una nocion pero jamas me ostentaria como abogado. Gracias.
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AutorConsulta
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