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RECLASIFICACION DE LESIONES

  • Consulta : 123304
  • Autor : donadora
  • Publicado : Sábado 20 de Agosto de 2011 11:59 desde la IP: 69.19.14.35
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,080
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  • Autor
    Consulta

  • donadora
    USUARIO REGISTRADO

    Les agradecería me orientaran en el siguiente caso:

    Una conductor atropello a un peatón en un alto de disco, dejándole  lesiones que no tardan en sanar mas de quince días y no ponen en peligro la vida según certificado médico de perito legista (no fracturas, solo el golpe) fue dado de alta ese mismo día del Hospital. El conductor salio bajo fianza y se le devolvió el vehículo. Posteriormente seis días después  se realizo otro certificado médico por el mismo perito y las lesiones fueron reclasificadas por las que tardan en sanar mas de quince días y no ponen en peligro la vida. Se trato de pactar con el lesionado y su abogado pero era excesiva la cantidad de dinero que pedían. Ahora el lesionado anda en silla de ruedas y dice sentir mucho dolor y las heridas se le han infectado. Actualmente se esta integrando la A.P. para ser consignada. Que puede hacer el conductor para defenderse en contra del segundo certificado y no ser consignado por lesiones que tardan mas de quince días en sanar y no ponen en peligro la vida. Les agradezco de antemano su consejo. Dona Dora.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 236102

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    esto lo debe tratar un abogado...no traten de hacer o llegar a convenios que nada tienen que ver... si se le han infectado las heridas... ese no es problema del golpe... sino falta de higiene.... y si el medico no claifico  como debe ser desde el principio... ...pues ...sobre el... deja las cosas en manos de tu abogado....



  • Autor
    Respuesta No: 236110

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    garovalo:

    "Zapatero a tus zapatos" usted es civilista y la consulta es de derecho penal, además de que está opinando antiprofesionalmente al hacerlo desconociendo factores que pueden influir en el asunto

    Los diabéticos tienen mayores problemas que los no diabéticos, como por ejemplo: falta de ciatrización de las heridas y propensión a que éstas se infecten.

    donadora:

    Usted omitió expresar qué nuevos elementos consideró el médico legista para realizar la clasificación provisional de las lesiones, tal vez radiografías que NO tuvo a la vista sino hasta seis días después.

    Respecto de que el lesionado sea diabético, esta es una circunstancia que ignoraba el agente activo, por lo que no le debe afectar para la sanción penal aunque será necesario que el inculpado se defienda mediante peritaje médico de la defensa.

    Y hasta aquí me atrevo a opinar con generalidades, porque sería antiprofesional particularizar desconociendo los detalles..



  • Autor
    Respuesta No: 236116

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    saludos alejandro,.... sapotero al los sapotes...

    esto lo debe tratar un abogado...no traten de hacer o llegar a convenios que nada tienen que ver... si se le han infectado las heridas... ese no es problema del golpe... sino falta de higiene.... y si el medico no clasifico  como debe ser desde el principio... ...pues ...sobre el... deja las cosas en manos de tu abogado....

    que parte d emi respuesta... contradice la tuya...

    deja las cosas en manos de tu abogado....



  • Autor
    Respuesta No: 236310

  • donadora
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Primus Tribunus        

    Agradezco infinitamente su respuesta, me parece de mucha utilidad. Respecto a su respuesta, el primer certificado fue emitido por el perito legista en base a las constancias del Hospital General  y donde tuvo a la vista las radiografías practicadas al lesionado. El segundo certificado que omitió el perito médico legista fue debido a un oficio que le giro el Ministerio Publico donde le solicitaba que reclasificara las lesiones, basándose en un certificado de un médico traumatólogo particular presentado por el lesionado. El tercero fue debido a que recibió instrucciones del M.P. para trasladarse a su domicilio y certificar la gravedad de las lesiones  infectadas.  Respecto al padecimiento de diabetes se le practicaron exámenes de glucosa estando en el Hospital General y se le encontró glucosa 126  siendo un poco alta ya que lo normal es 70-110. Agradezco nuevamente su sabia respuesta. Dona Dora.



  • Autor
    Respuesta No: 236313

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Dona Dora:

    Usted menciona que hubo ya dos "reclasificaciones", cuestión que ciertamente es inusual y hasta extraordinaria, ya que lo que se suele hacer es que la reclasificación sea efectuada ya estando el expediente ante el juez penal o a lo sumo como medida previa e inmediata a la consignación penal, de tal manera que la acuciocidad del agente del Ministerio Público es de llamar la atención.

    Una cuestión de la mayor importancia es que el segundo certificado del médico legista fue elaborado con base en uno de médico nprovado que, según todo lo narrado, se apunta que carece de ratificación ante la Representación Social y, desde esa abstención, debe ser considerado como sin valor probatorio alguno, máxime que ante la falta de ratificación resulta imposible comprobar que el médico que lo extendió sea realmente médico, cuenta habida que durante la ratificación debió exhibir su cédula profesional, y ante su falta, reitero que el certificado carece de validez formal.

    Desafortunadamente la falta de formalidad quedó substituida por el segundo certificado del médico legista, sin embargo todavía hay cosas que se pueden hacer en defensa del inculpado.

    El tercer certificado también es objetable, cuenta habida que la medición de glucosa en sangre que usted menciona es inexacta para que una persona sea diabética.

    En efecto, el parámetro normal de la glucosa en sangre es el de 80/120 mg. en donde mg. es "miligramos en sangre" (sistema de medición usado en México), pero la medición del lesionado fue arbitraria en virtud de que debe ser practicada dos ó tres horas después del último alimento ingerido ó bebido, de tal manera que en el Hospital General seguramente que resultó falseado el examen por una ingesta previa ya sea de alimento ya sea de líquidos, sobre todo de refresco que es lo más acquible en la calle, así que el diagnóstico de diabetes también puede ser falso.

    El tercer certificado también es impugnable en atención a lo que diverso forista apuntó en relación con la falta o ausencia de higiene y de curaciones.

    Para los fines de la defensa, lo que se debe hacer es

    a) objetar la validez del segundo y tercer certificados, el primero por estan basado en uno de médico privado carente de ratificación y/o de titulación, y abundando en el hecho de que dicho galeno sea carente de la especialidad de Traumatología, así como ofrecer la pericial en materia de Ortopedia y Traumatología a cargo de un especialista en estas ramas de la medicina, mismo que deberá comparecer ante el agente del Ministerio Público para ratificar su dictamen y exhibir su Cédula de Especialidad Profesional.

    b) ofrecer la pericial en materia de medicina que puede ser a cargo de un médico especialista en endocrinología, medicina interna, o hasta de un médico general, a efecto de definir los parámetros de las mediciones de glucosa que definen la diabetes, así como para dictaminar acerca del cuidado e higiene de que se observe en las lesiones.

    Pero sobre todas las cosas, es pertinente señalar de manera destacada que en su narrativa usted especifica que el leionado solamente tuvo el golpe, sin fractura y sin heridas abiertas, ¿¡¿cómo es que se le han infectado lesiones que carecen de la posibilidad de infectarse?!?

    Con lo último que apunto surge la posibilidad de que el lesionado se haya provocado nuevas lesiones, lo que se podrá verificar con el primer certificado del legista concatenado con la fe de lesiones que dio el personal de actuaciones y, consecuentemente, hacer valer la falsedad con que se conduce el lesionado que se traduce en los delitos de falsedad en declaraciones, aportación de pruebas falsas (2º certificado que es privado),  falsa denuncia (heridas autoinferidas que se infectaron), fraude y lo que resulte.



  • Autor
    Respuesta No: 236314

  • donadora
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Nuevamente me deja atónita por sus sabios consejos, los cuales tratare de seguir. Reciba Usted mi admiración y agradecimiento por su tiempo, y un es un honor haber recibido su asesoría jurídica.  Dona Dora.



  • Autor
    Respuesta No: 236376

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ay!...alejandro... pura puesia... toda una obra de arte...

    ya vez... de lo que tu medio sabes... es de penal... ya no digas nada del civil....saludos...



  • Autor
    Respuesta No: 236412

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    garovalo:

    Todo el mundo se percató que en la consulta número 97689 le dí clases de derecho civil y procesal civil, mientras que con la presente consulta le acabo de impartir cátedra de derecho penal, así que usted calladito se verá más bonito..



  • Autor
    Respuesta No: 236458

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    garovalo:

    Todo el mundo se percató que en la consulta número 97689 relativa a un juicio de alimentos con un acta de nacimiento apócrifa le dí clases de derecho civil y derecho procesal civil, mientras que con la presente consulta le acabo de impartir cátedra de derecho penal y derecho procesal pernal, así que, usted calladito se verá más bonito..



  • Autor
    Respuesta No: 236607

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    garovalo:

    Todo el mundo se percató que en la consulta número 97689 relativa a un juicio de alimentos con un acta de nacimiento apócrifa le dí clases de derecho civil y derecho procesal civil, mientras que con la presente consulta le acabo de impartir cátedra de derecho penal y derecho procesal pernal, así que, usted calladito se verá más bonito..



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