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SOY CASADA PERO DESEO REGISTRAR A MI HIJO SOLO CON MIS APELLIDOS
- Consulta : 127908
- Autor : maggieandrade
- Publicado : Sábado 15 de Octubre de 2011 09:01 desde la IP: 201.127.104.236
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 15 de Octubre de 2011
Buenos Días!!!
Soy Maggie. Actualmente estoy embarazada y soy casada, pero cabe aclarar que mi marido me ha dejado sola tanto en el aspecto emocional como económico y mi pregunta es la siguiente ¿puedo registrar sólo con mis apellidos a mi hijo? porque no quiero ni que él ni su familia tenga derecho sobre mi hijo, sé las implicaciones que esto tiene. Considero que sé es padre desde el embarazo y no desde que el hijo ya llegó, he hablado con él en múltiples ocasiones sobre su apatía pero él sigue igual.
¡Gracias!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 242049
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Fecha de respuesta: Sábado 15 de Octubre de 2011 09:27 2011-10-15 09:27 desde IP: 187.147.41.186
Llevar los apellidos de los padres es un DERECHO de su hijo, del que no puede ni debe privarlo, la filiación trae acarreadas diversa consecuencias que Ud. no puede prever como evolucionarán en el tiempo.
.Artículo 389.- El hijo reconocido por el padre, por la madre, o por ambos tiene derecho:
I. A llevar el apellido paterno de sus progenitores, o ambos apellidos del que lo reconozca;
II. A ser alimentado por las personas que lo reconozcan;
III. A percibir la porción hereditaria y los alimentos que fije la Ley:.
..Artículo 324.- Se presumen hijos de los cónyuges:
I. Los hijos nacidos después de ciento ochenta días contados desde la celebración del matrimonio;
II. Los hijos nacidos dentro de los trescientos días siguientes a la disolución del matrimonio, ya provenga éste de nulidad del contrato, de muerte del marido o de divorcio. Este término se contará en los casos de divorcio o nulidad, desde que de hecho quedaron separados los cónyuges por orden judicial.
Artículo 325.- Contra esta presunción no se admite otra prueba que la de haber sido físicamente imposible al marido tener acceso carnal con su mujer, en los primeros ciento veinte días de los trescientos que han precedido al nacimiento.........
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AutorRespuesta No: 242057
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Fecha de respuesta: Sábado 15 de Octubre de 2011 10:59 2011-10-15 10:59 desde IP: 189.177.228.90
SEÑORA, PRIMERO QUE NADA ENTIENDO SU ENOJO............ Y LA VERDAD EN CIERTO ASPECTO TIENE RAZÓN....
SIN EMBARGO, LA LEY CIVIL, PREVE QUE SU HIJO LLEVE LOS APELLIDOS DEL PADRE PUES ESTAN CASADOS LEGALMENTE............
AHORA. LE PLANTEO VARIOS ESCENARIOS A LOS CUALES SE VA A ENFRENTAR EN CASO DE TOMAR LA DECISION DE NO REGISTRAR AL HIJO COMO HIJO DEMATRIMONIO.....
EN CUANTO EL SE DE CUENTA DE QUE UD. REGISTRO AL MENOR SOLAMENTE CON SUS APELLIDOS (QUE ESTO EN TERMINO JURIDICO SE DICE, SOLAMENTE CON SU FILIACION MATERNA) ENTONCES EL PUEDE BUSCAR EL RECONOCIMIENTO DE LA PATERNIDAD A RAZON DE QUE ESTAN CASADOS Y ENTONCES UD. TENDRA QUE CONCURRIR AL JUICIO.......... DEFENDIENDOSE, PERO DE TODOS MODOS SE VA A REGISTRAR O SI UD. CREE QUE NO ES DE EL, ENTONCES TENDRIA QUE PROMOVER UNA PRUEBA DE ADN...
AHORA PUEDE SER QUE JAMAS SE ENTERE, Y NO LE IMPORTE RECONOCER AL MENOR, ENTONCES UD. TENDRA SOLAMENTE A SU HIJA, NO PODRA PEDIRLE PENSION NI NADA PORQUE NO ES SU HIJA........
AHORA SI UD. LA REGISTRA COMO HIJA DE MATRIMONIO, ENTONCES UD. LE PUEDE QUITAR LOS DERECHOS DE PATERNIDAD.......POR MEDIO DE UN JUICIO......................
CUALQUIER OTRA DUDA ESCRIBA
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