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PENSION ISSTE URGENTE

  • Consulta : 138148
  • Autor : Regina AMedellin
  • Publicado : Jueves 09 de Febrero de 2012 09:51 desde la IP: 189.180.144.229
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,074
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  • Autor
    Consulta

  • Regina AMedellin
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes, el presente es para solicitar aopyo respecto de mi penssion del isste, soy pensionada y mi calculo está mal realizado, es decir, no tomaron en cunata el sobresueldo, hace dos años se dicto sentencia defintiva en la que se ordena al isste haga un nuevo cálculo, el cual el dia 1 de febrero dle presente me notificó en mi domicilio el nuevo cálculo realizado, quedando en los mismos témrinos, es decir no volvió a considerar nada de las compensaciones, la cuestión es la siguiente, necesito aopoyo de un abogado que pueda revisar mie xpediente y asi mismo interponer el recurso necesario de este asunto, pues desconozco como hacerlo.

     

    Si tienen alguna información que me pueda servir y algun contacto que pudiera tomar mi asunto, con gusto se los agradecere,

     

    saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 254102

  • Regina AMedellin
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    BUENAS TARDES ALGYIEN PUEDE AYUDARME CON MI SOLICITUD



  • Autor
    Respuesta No: 254113

  • RIVALEGAL
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes:

    Es importante actué de forma inmediata, pues a partir del día en que el ISSSTE le notifico la resolución con la que pretende cumplimentar la sentencia suponemos dictada por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa le corre el termino de 15 días para interponer el recurso de queja correspondiente.

    Lamentablemente el ISSSTE dolosamente  ha estado resolviendo en ese sentido los oficios con los que intenta dar cumplimiento a las sentencias, pues como Usted debe saber en agosto de 2010, la SCJN emitió jurisprudencia en donde se hace imposible el litigio de estos asuntos, pues arroja la carga probatoria al pensionado para que pruebe fehacientemente que por las compensaciones y sobresueldos que exige sean considerados para cuantificar su cuota diaria pensionaria se cotizó al ISSSTE.

    Sin embargo, los asuntos ya sentenciados en donde se determinó que el ISSSTE debería incluir determinados conceptos, son ya cosa juzgada y no hay marcha atrás, y en todo caso el ISSSTE esta cumpliendo con defecto o exceso lo ordenado.

    Por lo que en su caso es imprescindible analizar la sentencia definitiva dictada para saber los alcances de la misma.

    Es importante nos contacte a la brevedad,  a través de nuestra a oficina virtual de este mismo sito o bien directamente en nuestro portal electrónico  RIVALEGAL en donde encontrará nuestros datos de contacto. Gracias.



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