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UTILIDADES
- Consulta : 265124
- Autor : nr_NR
- Publicado : Viernes 08 de Mayo de 2015 16:54 desde la IP: 189.162.88.2
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 08 de Mayo de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 379265
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Mayo de 2015 17:54 2015-05-08 17:54 desde IP: 189.232.13.224
Buenas tardes:
Si la empresa reportó utilidades en el ejercicio fiscal, si, si le corresponde, tendría que presentarse a la empresa a reclamarlas.
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Autor
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AutorRespuesta No: 379274
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Mayo de 2015 18:45 2015-05-08 18:45 desde IP: 187.233.169.64
Si trabajaste al menos 60 días durante el ejercicio fiscal, ya sea en forma contínua o discontínua, debes recibir utilidades.
Saludos.
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Autor






