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ORDINARIO MERCANTIL

  • Consulta : 278690
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Sábado 19 de Diciembre de 2015 17:04 desde la IP: 187.170.234.212
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,086
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Soy estudiante de derecho del septimo semestre no tengo mucha experiencia, me solicitaron iniciar juicio ordinario mercantil, desde luego con la asesoria de un abogado, respecto a un contrato de arrendamiento de maquinaria por un termino de un mes pero tanscurrieron mas de seis meses y ninguno de los contratantes dio por terminado dicho contrato de arrendamiento, y como documento base una factura que ampara la cantidad de $ 50,000.00, admitido que fue la demanda, se ordeno emplazar al demandado quien contesto la demanda dentro del termino legal concedido, negando los hechos y entre otras diversas excepciones, argumentado que no debia cantidad alguna, en esta etapa el abogado que me asesoraba me dijo que me desistiera de la demanda porque lo iba a perder el juicio, entonces presente mi desistiminto y le dieron vista a la contraria, manifestando que continuara el juicio, y mi asesor se me desaparecio, en esas condciones no me presente en el desahogo de la confesional a mi cargo, finalmente el juzgador dicto sentencia absolviendo al demadado de todas las prestaciones, porque la parte actora no probo su accion, en este caso hay posibilidad de iniciar otra demanda para hacer efectivo la deuda o algun otro medio. le agradecere mucho si esta en su posibilidad de orientarme, gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 386772

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Debe demandar medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil con la factura. Estudie los medios preparatorios. Antes agradezca que que no intentó la vía ejecutiva mercantil porque ya estaría siendo demandado por los gastos y costas.



  • Autor
    Respuesta No: 386782

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola buen día. A juicio muy personal USTED YA NO PUEDE HACER ABSOLUTAMENTE NADA. Recordará usted en sus clases de derecho constitucional que reza "Nadie puede ser demandado DOS VECES por el mismo delito" entiendo que esto es muy socorrido por penalistas y que se dirá es materia civil, sin embargo si el reo ya fue oído y en su caso decretado absuelvo en juicio, iniciar de nueva cuenta una demanda en su contra aun caiga en otro juzgado opondrá la excepción de COSA JUZGADA acompañando a juicio la resolución del Juzgador que le declara absuelvo. Aun usted lograra en medios preparatorios arrancar la confesión que el contrato tuvo lugar (que no lo creo tan tonto para confesar algo que ya gano), no servirá de nada pues insisto, ese medio preparatorio servirá de base para la demanda y una vez que la presente argüirá la excepción de cosa juzgada y listo. Mi amigo, ese caso esta materialmente perdido.



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