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TERCERíA DE DOMINIO
- Consulta : 251809
- Autor : simpre
- Publicado : Domingo 04 de Enero de 2015 22:09 desde la IP: 187.167.16.86
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,069
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 04 de Enero de 2015
En un Juicio laboral, después de dictado el Laudo, se pidio medida precautoria, un mes después, sobre un bien que en ese momento estaba libre de gravamen a nombre del demandado, la junta lo negó, se hizo un primer requerimiento de pago en la fuente de trabajo y negaron el pago y embargo aludiendo que el negocio estaba a nombre de un tercero, se volvio a pedir embargo precautorio sobre el mismo bien que seguia sin gravamen y la junta lo volvió a negar, se dió fecha para un segundo requerimiento de pago en la propiedad aludida y domicilio particular del demandado, un día antes del segundo requerimiento de pago (17 de Julio del 2014) y ante la negativa de la junta de no hacer embargo precautorio me dirigí al RPP y me dijeron que la propiedad ya tenia un aviso precautorio con fecha de 5 días despues del primer requerimiento de pago; una servidora volí a pedir la medida de embargo precautorio a la junta el mismo (17 de Julio del 2014), aludiendo que se estaba gestionando una compraventa sobre el bien inmueble y me lo volvieron a negar, se hizo el segundo requerimiento de pago el dia (18 de Julio 2014) en donde fuimos atendidos por la esposa del demandado, aludiiendo que el bien inmueble era de su propiedad y mostrando una escritura de compraventa con fecha de (17 de Julio 2014) un día antes del requerimiento. No obstante se embargo la propiedad por desicion del actuario. me dirigí a la junta para pedir informe y registrar la propiedad la junta me lo nego diendo que como era viernes, el lunes se pediría la incripción. El dia lunes 21 de Julio fenecía el plazo del aviso preventivo sobre la propiedad, la junta me trajo de vuelta en vuelta y se mando pedir la inscripción hasta el dia (24 de Julio) pero nos dijeron en el RPP que ya habian hecho un aviso definitivo de la compraventa y que mi embargo se quedaría en charola 6 meses. Pedí a la junta que reiterara la inscripción del embargo aludiendo una simulación de acto juridico, la junta hizo un informe aportando los datos que en la misma escritura se especificaban como: que estas personas estaban casados y cohabitando el mismo domicilio, al llevar el informe al RPP no lo aceptaron porque faltaba que se especificara el número de expediente, alregresar a la junta para que subsanaran dicho informe ya no se encontraba el Presidente y me dijeron que fuera al dia siguiente, me presente al dia siguiente y al regresal al RPP con el informe ya subsanado, me dirjeron que el día anterior ya habian mandado un informe el cual se tomaría para la resolución. Días después regresé al RPP por la resolucion, y el embargó quedo inscrito, pero el informe que mandaron no decia nada de la simulación del acto juridico.
Promoví a la junta para avalúo de propiedad y remate del bien en primera almoneda, pero en el trancurso, el demandado presentó Revision de Actos de Ejecucion y la esposa presentó Tercería de dominio.
Yo ya habia promovido denuncia ante el M.P. sobre fraude procesal.
Conteste la REvision de actos y la Tercería relacionando las pruebas en ambas y entregando las promociones en las que pedí en 3 ocaciones embargo precautorio.
La Junta decidio: suspender el cause en el principal, el incidente y la tercería, apoyandose en el articulo 300 de la ley penal de queretaro, hasta que se de respuesta por parte del M.P.
Mis preguntas son: La junta podía haber determinado la resolucion de ambos, tanto de la tercería como la Revisión apoyandose en el expediente principal y el orden cronologico de los mismos sucesos?
La junta de oficio tenia que haber denunciado el Fraude Procesal de oficio si a todas luces se deduce?
Que puedo hacer ante esto? ya que al parecer estan siendo apoyados por la misma junta, sobre todo porque el demandado en el juicio había negado la relación laboral, no obstante había promovido querella por "ROBO POR EMPLEADO" a lo largo del mismo procedimiento, que fué la documental que hizo que el laudo saliera a mi favor. Le pedí a la junta en su momento que diera vista al M.P. sobre dicha situación y también se negó.
Gracias, espero me puedan ayudar. Feliz año!!
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AutorConsulta
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