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PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 221601
  • Autor : cusita_parati_NR
  • Publicado : Jueves 13 de Febrero de 2014 15:49 desde la IP: 189.151.244.138
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • cusita_parati_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Hola. Mi consulta es la siguiente. Mi hermano lleva separado de su esposa mas de dos años y hace un año su esposa le puso la demanda de alimentos,el nunca dejo de pasarle dinero a ella para sus dos hijos,uno de 11 y el otro de 12 años. El se salio de la casa porque ella lo corrio,ya que sus pleitos siempre han sido por dinero y ella siempre se quedaba con toda su quincena. Ella metio demanda por alimentos y se llego a un convenio del 35% y en ese mismo convenio se especifico que ellos llevaban separados dos años yella lo firmo igual mi hno. Sin embargo al mes de meter el oficio de la pension,ella desistio alegando que no le alcanzaba y que queria un 80% definitivo. Ahorita ya lleva dos quincenas que le descuentan del 80% y queremos ver que se puede hacer para que se fije definitivamente un porcentaje y ella no lo vuelva a retirar y asi se la pase jugando porque ella va a armar escandalo a la casa que va dejar a mi hno sin un peso y a nosotras mi mama y a mi nos insulta. Que podemos hacer

     

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  • Autor
    Respuesta No: 340116

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    q tu hermano no tiene abogado'????? porq no se ha asistido de uno?'' me suena poco creible lo q menciona amenos q a estas alturas sea tu hermano q se defienda solo, y le aconsejo q gaste en un abogado para q le dejen de tomar el pelo



  • Autor
    Respuesta No: 340117

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Y tú abogado que hizo??? 80% para dos hijos es excesivo ¿se lo están descontando vía nomina? de ser así a la voz de ya deben contratar un abogado especialista en derecho familiar para que haga lo necesario para bajar la pensión al 35% inicial.

    Si no es por nomina, que tú hermano deposite en juzgado la pension.

    La pension alimenticia no es al gusto del solicitante, ni a los berrinches de la pareja, la pension alimenticia se otorga a la necesidad del solicitante y la capacidad del otorgante.



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