Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

EL ALBACEA PUEDE RECUPERAR CUENTAS BANCARIAS

  • Consulta : 109472
  • Autor : macorta_NR
  • Publicado : Jueves 14 de Abril de 2011 22:53 desde la IP: 189.154.58.82
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,086
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • macorta_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    FALLECE PRIMERO MI MAMA Y DESPUES MI PAPA, MI PAPA TENIA UNA CUENTA BANCARIA DEJO DE BENFICIARIO A MI HERMANA PERO ELLA TIENE  DOS NOMBRES Y MI PAPA SOLAMENTE PUSO UN NOMBRE,  EL BANCO SOLICITA UNA DILIGENCIA DE JURISDICCION SOBRE INFORMACION AD PERPETUAM CON UN JUEZ FAMILIAR PROCESO QUE SE ESTA LLEVANDO A CABO. POR OTRA PARTE LA CASA DE MIS PAPAS QUEDO INTESTADA ESTAMOS TRATANTO DE RECUPERARLA  Y VAMOS A NOMBRAR UN ALBACEA. MI PREGUNTA ES, EL ALBACEA PUEDE RECUERAR LA CUENTA DEL BANCO AUNQUE HAYA UN BENEFICIARIO. Y SI LA PUEDE RECUPERAR A QUIEN PERTENECE ESA CUENTA AL BENEFICIARIO O A TODOS LOS HEREDEROS.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 219558

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimado consultante Macorta:

    Mire, respondiendo a la parte medular de su duda por la que acude a este Foro, y en el entendido de que este Tema pudiera tener algunas puntos de vista controversiales (que en la presente consulta no vienen al caso),  los herederos aunque parezca mentira no tienen derecho a reclamar la cantidad existente en las cuentas bancarias del fallecido. 

    En efecto, esto tan es así, que el patrimonio del De Cujus se transfiere de dos formas, una es por herencia y la otra es por legado, siendo que la citada cuenta es un legado. 

    Así las cosas, el legado otorgado en la cuenta bancaria del fallecido, no entra en la sucesión testamentaria, ni siquiera en forma nominal dentro del inventario correspondiente, toda vez que el mismo no fue otorgado en el testamento

    El Banco deberá entregar al beneficiario los saldos de la cuenta sin necesidad de una Sentencia de Adjudicación, con el único requisito que la identificación del interezado, y tramite Bancario correspondiente.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



  • Autor
    Respuesta No: 219560

  • Arellano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es decir, si tú eres el albacea nombrado y querías quedarte con esa lana, ya no lo puedes hacer, pues como bien dice el anterior forista, ese dinero es de tu hermana, dinero que podrá reclamar una vez que reúna los requisitos que el banco le exige, ahora bien, tomando en consideración tu buena voluntad, para efectos de no perjudicar los intereses de tu hermana, lo que puedes hacer es facilitarle al abogado que está llevando el asunto de la jurisdiccion voluntaria AD PERPETUAM, o lo que es lo mismo el nombre de tu hermana, toda la documentación que te requiera para terminar el asunto lo mas rápido posible y pueda ella disponer de esa cantidad.



  • Autor
    Respuesta No: 219817

  • ELESKA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    MUCHAS GRACIAS POR SUS RESPUESTAS Y SU ORIENTACION.

    MI UNICA PREOCUPACION ES QUE MI HERMANA RECIBA LO QUE POR DERECHO LE DEJARON MIS PAPAS.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión