Estado de Referencia: Distrito Federal
Que tal, Trabajo desde hace 20 años en un colegio particular dando informárica a niños de primaria, con un sueldo dividido en 2 partes, según el dueño para no descontarnos tantos impuestos.
La 1er parte es por lanómina normal, y la 2a está con la leyenda "taller quincenal".
El caso es que esta semana se me avisa que debido a las pocas inscripciones de alumnos, terngo menos horas de trabajo y por lo tanto, me bajarán el sueldo, y en lugar de pagarme lo que me daban, ahora van a pagar por horas, o sea, muchisimo menos de lo de por sí poquisimo que ya me daban.
Según él, mi nuevo horario será solo de 3 días a la semana, en lugar de los 5 días que laboro hasta ahora.
Si falto los dos días restantes, ¿me perjudica para pelear mi liquidación?
Le dije al dueño que entonces me debía liquidar por bajarme el sueldo, y dijo que no porque estoy ante el IMSS como "jornada reducida".
Ya chequé en un recibo de modificación de salario y si dice eso, pero también dice que el tipo de trabajador que soy es permanente.
¿Él tiene razón? o puedo pelear mi liquidación?
Si es así, ¿que proceso debo seguir? ¿Esperarme a que me empiecen a descontar?
Me dijeron que el 31 de agosto es cuando empiezan a pagarme así.
muchas gracias.