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PENSIóN ALIMENTICIA
- Consulta : 235679
- Autor : marthaoliviaortegarascon_NR
- Publicado : Sábado 12 de Julio de 2014 02:19 desde la IP: 189.244.85.23
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,068
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 12 de Julio de 2014
Estado de Referencia: Chihuahua
Me estoy dirigiendo a este Foro de consultas para exponer lo siguiente: Mi esposo tiene 7 años divorciado, desde entonces otorga una pensión de 50% de su sueldo; 25% para la ex esposa y 25 % para una de lashijas que ahora tiene 25 años y que desde hace dos años y medio terminó su carrera. Tanto la madre como la hija son personas sanas tanto física como mentalmente. Se metió la demanda para suspensión de pensión y no se ha conseguido nada. Hace unos días un juez dictaminó que se le retiraran a la hija un 15% y no se pudo concretar la acción porque se amparó y esto le da un margen de 6 meses mas para seguir cobrando la pensión completa. ¿Pueden decirme por favor si esto que está pasando es legal? ¿tendrá mi esposo que dar pensión a su ex esposa de por vida? gracias. p.d. vivimos en el estado de Chihuahua.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 359479
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Julio de 2014 11:32 2014-07-12 11:32 desde IP: 189.210.253.56
La circunsancia que la hija de su esposo haya promovido amparo en contra de la sentencia que redujo el porcentaje de la pensión alimenticia que le proporciona, no torna en ilegal tal acción, ya que es un medio de defensa no solamente previsto en la Ley de Amparo, sino en la propia Constitución Federal; por tanto, deberá esperar a que resuelva el juicio de garantías, y sólo en caso que se le niegue la protección de la Justicia de la Unión, causará estado la interlocutoria en contra la que se inconformó.
Por otra parte y respecto la pensión del 50% en favor de la anterior cónyuge, si en la sentencia qeu declaró la disolución del vínculo matrimonial, ella fue considerada cónyuge inocente y su esposo culpable, entonces tendrá derecho a la pensión hasta en tanto no contraiga nuevas nupcias o no tenga un modo honesto de vivir, independientemente que que se encuentre sana física y mentalmente, ya que esa pensión alimenticia solamente podrá ser cancelada en cualquiera de esos dos únicos eventos; y si, si es legal, pues como cónyuge inocente, le corresponde como una compensación o indemnización precisamente por no haber sido ella quien dió lugar al divorcio, de forma tal que si no se configura ninguna de esas dos hipótesis, entonces su esposo tendrá que darle la pensión a su primera cónyuge de por vida.
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