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¿PUEDO RETIRAR MIS FONDOS DE LA SUBCUENTA DE INFONAVIT?
- Consulta : 211359
- Autor : jarcosh_NR
- Publicado : Jueves 17 de Octubre de 2013 13:33 desde la IP: 189.161.33.123
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,068
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 17 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Jalisco
Tengo más de 50 años y más de dos años sin cotizar (sin estar empleado), y estoy investigando si puedo retirar mis fondos de la subcuenta de infonavit. (Sustento legal Ley Federal Del Trabajo art. 141 fracción II).
Ya presenté una solicitud escrita al C delegado de infonavit, pero me contestó el Gerente Jurídico de la dependencia, diciendo que mi solicitud NO APLICA, porque hubo un acuerdo de jurisprudencia de la suprema corte de justicia 125/2013 (10a) del 26 de junio del 2013.
Busqué si estaba publicado en el diario oficial de la federación este acuerdo y no aparece hasta la fecha.
Me surgieron varias preguntas: 1.- ¿Puede un acuerdo de jurisprudencia DEJAR SIN EFECTO LO DISPUESTO EN UNA LEY SUPERIOR (Ley Federal Del Trabajo)?
2.- No sé si tengo razón en reclamar la devolución de mi fondo
3.- Ante esta negativa, ¿Que debo hacer, ante que instancia recurrir, a quien debo dirigir algun escrito?
Mil gracias por la ayuda que me puedan proporcionar.
Atte
J. Guadalupe Arcos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 329408
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Octubre de 2013 15:21 2013-10-17 15:21 desde IP: 189.166.214.41
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AutorRespuesta No: 329409
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Octubre de 2013 15:23 2013-10-17 15:23 desde IP: 189.166.214.41
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