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PREGUNTAS HACIA LA MODALIDAD 40 DEL IMSS Y CORRESPONDIENTES

  • Consulta : 271007
  • Autor : alferr4_NR
  • Publicado : Martes 07 de Julio de 2015 10:31 desde la IP: 189.208.17.223
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,076
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  • Autor
    Consulta

  • alferr4_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    1.-S i esta uno casado por bienes separados tiene algo que afecte para la pension con la modalidad 40 a mi esposa?

    2.-Hasta cuando tengo tiempo con la modalidad 40 para realizarla porque ya perdi la conservacion de derechos en mayo del 2015 y mi baja fue en marzo del 2012?

    3.Si puedo pagar el retroactivo de los años vencidos a partir de la fecha de baja y con eso incrementaria mis semanas y mis ingresos para incrementar mi pension?

    4.- SI YO MUERO EN ESE PERIODO de pago mi esposa recibiria su pension del 90% junto con las asignaciones familiares y la ayuda asistencial que me tocarian a mi?

    5.-CUANDO termine de pagar la modalidad 40  hasta los años que pueda para incrementar la pension,tambien me dan los servicios medicos y de hospital del IMSS; YA VEN QUE DICEN QUE MIENTRAS PAGA UNO LA MODALIDAD 40 NO INCLUYEN LOS SERVICIOS MEDICOS?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 382624

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    1. No

    2. Cinco años después de tu baja

    3. Sí

    4. Recibiría el 90% de la pensión que te hubiera correspondido en caso de invalidez y ayuda asistencial o asignaciones familiares que procedan.

    5. Ya pensionado tienes derecho también al servicio médico tu y tus beneficiarios.



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