Estado de Referencia: Nuevo León
Compañeros, tengo una duda...El próximo domingo 1 de Julio de 2012 se considera descanso obligatorio?
En la LFT art 74 F. IX indica que se considera descanso obligatorio el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Se debe de publicar en el diario oficial o con esta fracción se asume que el día de elecciones se considera obligatorio?
Gracias por sus respuestas :)