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GARANTIA PARA PENSION
- Consulta : 233629
- Autor : marayd11agos_NR
- Publicado : Lunes 23 de Junio de 2014 14:02 desde la IP: 132.247.147.46
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,068
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 23 de Junio de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
A mi primo le piden pensión pero él es hojalatero , no se niega a pagarla, de hecho, él da manutención a sus hijos, en ejectivo.
El y su esposa (aún) están de acuerdo en lo que él les da, no hay conflicto, sólo que su abogado le dijo que muy seguramente el juez le pediría una garantía por un año de pensión.
Mi pregutna es si esta garantía es necesaria o se puede exentar? Cuánto sería el monto de la garantía? Y si se puede acordar el monto de la pensión entre papás.
Gracias por su atención
Atte. Alejandra García
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 358098
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Junio de 2014 14:19 2014-06-23 14:19 desde IP: 189.234.215.64
la garantia la orden la ley que rige a la materia... el codigo civil... el monto...lo es equivalente a dos salarios minimos elevados a un año... eso es normal... si ella dice que no hay necesidad de garantia... con eso es suficiente para el juez... pero... que luego no este chillando... porque la autoridad nunca ... FIJATE BIEN... NUNCA MAS LE hara caso.... si renuncio a la garantia que pr ley tenia derecho...
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