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NEGATIVA DE ASEGURADORA A PAGAR PÓLIZA DE VIDA.

  • Consulta : 246684
  • Autor : luismex28_NR
  • Publicado : Jueves 30 de Octubre de 2014 20:25 desde la IP: 201.157.2.230
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,063
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  • Autor
    Consulta

  • luismex28_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas noches Abogados, tengo una consulta referente a la manera adecuada de hacer efectiva una póliza de vida, ojala me puedan apoyar con la misma. 

    Un conocido lamentablemente falleció hace unos días, y tenía contratada un seguro de vida, el detalle aquí es que esta póliza de vida había sido contratada recientemente. 

    Ante esta situación el beneficiario de la póliza acudió con la compañía aseguradora a realizar la reclamación de la misma, se integró el expediente debidamente, pero a los pocos días de su integración al parecer investigadores de la propia compañía fueron a pretender amedrentar a su padre diciéndole que la póliza era falsa y que iban a proceder legalmente contra ellos por el delito de fraude, que a su dicho habían localizado al finado, y que los iban a denunciar penalmente. Ante ese tipo de declaraciones la familia procedió a quejarse directamente ante la aseguradora y en la misma negaron los hechos y la investigación.

    Es el caso que a la presente fecha le notificaron a la familia que no se iba a realizar el pago de la póliza de vida debido a lo siguiente:

     "se encontraron algunas incongruencias en el tramite respectivo, motivo por el cual la empresa no se encuentra en posibilidades de realizar el pago"

     

    Ahora bien, tengo entendido que son dos años para presentar la reclamación respectiva pero tengo las siguientes dudas:

     

    1.- A partir de que me fue notificada la negativa del pago de la póliza que tiempo tengo para impugnarla?.

    2.- Cual es la vía adecuada para realizar dicho trámite?

    3.- Las resoluciones emitidas por CONDUSEF son de carácter obligatorio para la compañía aseguradora?,

    4.- Un abogado especialista en seguros cuánto cobra aproximadamente por tramitar este asunto?

    5.- Cual es el tiempo aproximado de resolución de un asunto de este tipo?

    Son muchas las dudas, pero la familia me encomendó llevar a buen término este asunto y honestamente no conozco la materia, motivo por el cual me atrevo a solicitar apoyo con los especialistas, y si hay buen entendimiento ver la posibilidad de trabajar en conjunto este tema

    Se despide su servidor Guillermo Cruz. 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 371481

  • LIC ACCIDENTES
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Por la respuesta que le otorga la compañía de seguros, dudo que modifiquen su criterio ante una instancia como la CONDUSEF y su caso tendrá que ser resuelto por un Juez. Le sugiero contratar los servicios de un abogado.

    Saludos. 

    info(arroba)asesorialegal-ss(punto)com



  • Autor
    Respuesta No: 372647

  • MAYANEZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a sus preguntas en el orden realizadas.

    1.- A partir de que el seguro es exigible cuenta con 5 años (por trarse de un seguro de vida) para demandar el cumplimiento del contrato. Transcurrido este tiempo su accion prescribe.

     

    2.- Puede agotar la etapa conciliatoria ante CONDUSEF, o demandando (si es en el Distrito Federal ante un Juzgado de lo Civil).

     

    3.- La CONDUSEF carece de facultades para exigir el cumplimiento de sus determinaciones, el procedimiento es netamente conciliatorio, o bien se puede solicitar que el asunto se someta a Arbitraje donde ellos actuan como arbitro. En el 99% de los casos las compañias aseguradoras deciden no someterse al arbitraje y se dejan a salvo los derechos de las partes para hacerlos valer ante la autoridad respectiva.

     

    4.- El honorario es variable dependiendo del abogado, como en la mayora de los asuntos se cobra un porcentaje sobre el valor del asunto. En este punto sera de vital importancia sea asesorado por alguien que cuente con experiencia y conocimientos sobre el contrato de seguro, ya que muchas demandas procedentes, se pierden por falta de conocimientos del abogado. Generalmente los profesionistas que nos dedicamos a este ramo, hemos laborado para compañias aseguradoras.

     

    5.- Es muy variable, depende de las instancias que se tengan que agotar, considerando que se tenga que llevar apelacion y amparo entre un año y año seis meses.

     

    Espero le sea de utilidad.

     

    Saludos.



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